El libro al servicio de una comunidad religiosa. La biblioteca de la parroquia de Gollano en el siglo XVII

El Archivo Diocesano de Pamplona reviste una gran importancia porque a partir de sus fondos documentales [1], pueden llevarse a cabo estudios sobre toda clase de ciencias humanas, desde la toponimia a las tradiciones populares [2]. En lo personal, me interesa valorar la importancia que como fuente para el conocimiento de la historia de la cultura tiene en Navarra dicho Archivo, y, más en concreto, la transcendencia del libro, que se distingue en el marco cultural por ser un vehículo singular de transmisión de ideas y de conocimientos. Más todavía a comienzos del siglo XVII, en que éste era el medio más calificado de comunicación cultural.

Pues bien, en algunos documentos de este Archivo se atestigua la presencia del libro en épocas pasadas de nuestra historia, principalmente a través de inventarios llevados a cabo por diferentes motivos. Uno de ellos, realizado como prueba en un proceso contra el Rector de la abadía o parroquia de Gollano en 1601, sirve para constatar la presencia del libro en una pequeña comunidad religiosa de un valle navarro, por otro lado no exento de personalidad [3].

El proceso, que analizaré en todos sus detalles, descubre la munificencia de un sacerdote del pueblo, de ilustre ascendencia, Don Fernando de Baquedano, en tanto que protector de su solar y fundador de la biblioteca que nos va a ocupar.

Don Fernando de Baquedano: su fundador

Don Fernando no fue un eslabón más de la noble familia de los Baquedano, ya que sus acciones, tanto eclesiales como políticas, rayaron muy alto.

El Papa Calixto III le nombró Canónigo de Tudela en 1456 y preceptor de la casa de San Antón de Olite, dependiente de su homónima de Vienne. Era por entonces Capellán de Dn. Juan II, Rey de Aragón y de Navarra y Procurador en Roma del Obispo Martín de Peralta el Viejo. Fue secretario y embajador ocasional, tanto del Rey como de los Obispos de Pamplona Nicolás de Echávarri y Alfonso Carrillo. En 1469 el Pontífice Paulo II le nombró Ecónomo y Vicario General de Pamplona. Construyó a sus expensas una fortaleza en Gollano para la defensa del Reino contra Castilla [4], lo que le valió la exención por Juan I del pago de cuarteles desde 1476. Al título de Protonotario de Navarra unió, al menos desde 1477, según datos de D. José Goñi Gaztambide [5], el de Arcipreste de Yerri. Desde 1492 figuró como consejero y Maestro de Finanzas de Navarra y, a instancias del Sínodo de 1499, corrigió el Breviario de la diócesis, revisando el leccionario de los Santos y recopilando las constituciones sinodales diocesanas promulgadas hasta entonces [6]. Poco antes de morir, en 1501 estuvo entre los elegidos para reformar la hacienda real.

Su vida pública no impidió a Don Fernando de Baquedano proveer a su pueblo de Gollano de cinco beneficios eclesiásticos, a cuyo mantenimiento colaboraron los Reyes de Navarra, Don Juan de Labrit y Doña Catalina, agregando los prioratos de Aibar y del Puy de Estella. La significación de tal medida excedió de lo puramente espiritual y apostólico, cuando Don Fernando favoreció a su abadía de una cuantiosa biblioteca para la formación del clero a ella asignado. Tal medida configura a Baquedano como una persona culta y sensible, exigente en la selección de sus lecturas.

Pretendía Don Fernando contribuir así a la renovación del clero, facilitándole los instrumentos necesarios para su educación y formación, algo que sería una verdadera exigencia a partir de 1545 con el Concilio de Trento, entre cuyas disposiciones se decía -aludiendo a los eclesiásticos-: “estudiarán las Santas Escrituras, los libros de ciencia eclesiástica, las homilías de los Santos, todo aquello que parezca oportuno para administrar correctamente los sacramentos y sobre todo para comprender las confesiones, y las normas concernientes a los ritos y ceremonias” [7]. Como sacerdote que era, Don Fernando de Baquedano comprendió muy bien el alcance de su medida: los conocimientos teológicos, bíblicos, morales o litúrgicos, filosóficos, históricos, jurídicos, el ejercicio de la oratoria, no son sólo una exigencia para el sacerdote, sino al contrario, por muy amplios que estos sean, nunca estarán de más en él, le harán mucho más venerable e impregnado de religiosidad a los ojos de los demás, en el ejercicio de su pastoral.

Esta biblioteca, que a buen seguro cumpliera inicialmente con los fines previstos por su donante, sufrió ochenta, noventa, cien años más tarde de su constitución un alarmante deterioro por la negligencia de Don Martín de Esparza, rector de la iglesia de San Bartolomé de Gollano, que en torno a 1577 se hizo responsable de la misma y que, más tarde, en 1601, fue procesado por esta y otras razones por el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Pamplona.

Dicho proceso obra en el Archivo Diocesano de Pamplona [8] y de él voy a escribir a continuación.

Proceso contra Don Martín de Esparza, Rector de Gollano, que revela el carácter de su biblioteca parroquial

Las acusaciones

En el mes de octubre de 1601, el Fiscal del Obispado, el Licenciado Vélez de Villanueva, cursó una demanda contra Don Martín de Esparza y Artieda, rector de la abadía de Gollano, y, en su representación, a su procurador Sancho de Berrobi, en base a los siguientes argumentos:

1.° Durante los veintiséis años en que fue rector de la citada abadía, gozó de la casa y otros bienes que le pertenecieron, así como de los “fructos decimales y piedealtar que an balido y balen más de seiscientos ducados por ano”.

2.° Que por su culpa se han perdido y deteriorado estos bienes, cayéndose parte de los edificios de la abadía, ocasionando una pérdida de más de seiscientos ducados.

3.° Que ha tenido y aún tiene un esclavo que ha quebrado una de las campanas mayores de la iglesia, “que balía muchos ducados”.

4.° Que no ha tenido ni tiene, como es obligación, un sacristán que cuide de los ornamentos de la iglesia y que por eso están muy sucios y perdidos, con daños que superan los cien ducados. Que tampoco ha cumplido la deuda contraída de dar tres cargas de trigo a una persona.

Y 5.° Que la librería “de todas facultades” que Don Fernando de Baquedano, fundador y rector de la iglesia de Gollano, dejó para que pudiesen estudiar tanto el rector como los beneficiados, “por no hauer reparado el dicho rector [Don Martín Esparza] la dicha cassa de goteras se an perdido muchos de los dichos libros, a dado el dicho rector a quien le a parecido y se an substraydo otros. Por estar abierto y sin llabe el dicho aposiento de manera que ay más de cien ducados de daño…”

Por todo ello, el Fiscal solicita del Vicario General de la Diócesis, Don Dionisio Fernández de Portocarrero, reciba información de lo dicho, prendiendo y castigando al presunto culpable. Solicita para él la reparación a su costa de las casas, cercados y paredes de la parroquia, la restitución de los libros que faltan y el pago de los daños de la campana y de los ornamentos, la satisfacción de las cargas de trigo adeudadas, la reposición del sacristán y la puesta en claro de las cuentas parroquiales, corriendo de su cuenta las cargas de daños y costas del proceso.

Don Pedro García de Eulate, vicario de Gollano, fue quien notificó a Don Martín Esparza el escrito del Fiscal del Obispado. Nos dice la documentación del proceso que el interesado “oyó y comprendió”, pero que se negó a firmar dicha provisión porque, impedido del brazo derecho, no podía firmar. En su nombre, su procurador Sancho de Berrobi, respondió a la acusación dándola por improcedente y negando se tratara de causa criminal.

Respecto a la acusación sobre el deterioro de la biblioteca -prescindiendo de todo lo demás, que resulta secundario para mi interés—, sostenía Sancho de Berrobi:

“Cuando entró a ser rector el encausado no se le dio llabe del aposento que dize de librería ni los libros por ymbentario ni el dicho rector a podido tener cuenta dellos, pues como dize en contrario los libros eran para estudiar el rector y benefiçiados y ansí no podía el dicho rector pudiendo entrar todos en ellos tener cuenta ni es obligado a darla ni los libros se an perdido por goteras ni por otra causa ni falta del dicho rector, ni se podía aberiguar con verdad quel dicho rector aya sacado libros de la dicha librería ni dado aquellos a nayde ni por su horden falte ninguno y el que solía tener cuenta de ordinario y la llabe de la dicha librería fue don Fernando de Albiçu benefiçiado en la dichaa yglesia y que bibía de a tiempo nella y eran libros de más de çien años de ympression y de mano y de tal manera que ninguno aunque se los diesen de baldes por ser de tortis los tomaría ni tenía en su librería”.

Sostiene Martín de Esparza que la reparación de la librería se haga con cargo a la primicia de la iglesia. Parece clara, pues, la intención del encausado, intentando evitar responsabilidades sobre el deterioro de los libros y restando importancia a los mismos, basándose en que la antigüedad los hace poco interesantes.

Declaración de los testigos

El Vicario General de la Diócesis, en representación de Don Fray Matheo de Burgos, Obispo de Pamplona, ordena entonces al notario Sancho de Cuarti acuda a Gollano para levantar acta de la declaración de varios testigos que presenta el Fiscal, estando presente aquél y Sancho de Berrobi, procurador del acusado.

La testificación de los declarantes se hace bajo juramento, empleando todos ellos la misma fórmula: colocando su mano derecha sobre la del notario juran “por Dios nuestro Señor y palabras de los quatro evangelios y por la senal de la cruz”. Todos son vecinos de Gollano, aseguran no tener parentesco alguno con las partes que intervienen y conocer al rector encausado.

Se inician los interrogatorios el 26 de febrero de 1602.

El primero de los testigos, Joan López de Urra, de cincuenta y seis años, confirmó lo ya expuesto por Martín de Esparza en cuanto a que la custodia de la librería no le correspondía al rector sino al beneficiado Fernando de Albizu, muerto hacía varios años. Añadió que la puerta de la estancia no tenía cerradura.

Sebastián López de Galarreta, de cincuenta años, manifestó no haber entrado jamás en la referida biblioteca, pero puntualizó haber oído que sufrió menoscabo con el anterior rector Don Martín de Redín. También menciona la existencia de goteras en el edificio y, en cuanto a la llave y la puerta, no sabe precisar nada.

De poco más informa Pedro Rodríguez, testigo, de cincuenta y cuatro años, salvo que había oído que la biblioteca “era muy buena para el uso de los clérigos y beneficiados”.

Joan de Gabiría, de treinta y ocho años, recuerda haberla visto en perfecto orden cuando era niño, mientras que ahora, dice, están los libros muy desordenados y podridos por las goteras.

Por último, entre los testigos que nos interesan, figura el testimonio de Joan Ruiz de Galarreta, de treinta y tres años, quien abundando en lo dicho por sus compañeros, confirma el estado deplorable de los libros “podridos, rotos y derramados por el suelo, por culpa del poco cuidado y por las goteras caídas sobre ellos”. Añade que Don Martín de Esparza le confesó haber entregado al licenciado Albizu, hermano del abad de Ecala, dos libros “con los costados intitulados”.

Insistiendo nuevamente el rector de Gollano en sus alegaciones anteriores, se reafirma en que los libros de la biblioteca eran muy viejos y de bajo precio y que tampoco eran libros de los que se pudiera sacar provecho alguno que fuese de consideración.

A continuación, el Vicario de la Diócesis, Dionisio Fernández de Portocarrero, envió a Gollano al notario Sancho de Cuarti, para tomar declaración a los testigos de la defensa. Presenta a los mismos Joan de Esparza, por delegación del rector de Gollano.

De todos los testigos de la defensa, dos, Joan de Varcox (de treinta y nueve años) y Sancho González de Vaquedano (de sesenta), nada dicen respecto a la librería; Joan López de Urra y Vaquedano se reafirma en su declaración anterior y Pedro García de Eulate, de veintiséis años, nos informa más detenidamente sobre ella. Reconoce haber acudido algunas veces a la biblioteca, advirtiendo que los libros eran muy viejos y de impresión antigua, pues así lo dedujo de los títulos impresos en letra de tortis y de otros manuscritos. A él le parecieron de poco valor «a causa de ser viejos y escriptos de letra que en lengua española ni en latina no se pueden 1er ni conoçer las letras». No ha visto ni al rector ni a los beneficiados hacer uso de los libros, de forma que no conoce para qué se utilizaron. Pero sí sabe que la puerta de la estancia de la biblioteca carecía de cerradura y estaba abierta y vio los libros tirados por el suelo, estropeándose por el agua de las goteras.

La sentencia

Tras las declaraciones, precipitadamente a mi entender, como luego se verá, el Provisor de la Diócesis, Portocarrero, declaró culpable al rector de Gollano, “por haber enagenado y perdido la librería de dicha Iglessia dexándola en parte donde le dieren las goteras”. Le condena a pagar los daños sufridos por los libros, restituyendo los que falten o poniendo otros en su lugar, obligándole a colocar una cerradura en la puerta de la sala de biblioteca, todo ello en el plazo de los diez días siguientes a la emisión del veredicto, 1 de junio de 1602. En la sentencia se apela a la voluntad de quien donó la librería, voluntad que debe respetarse.

Fernández de Portocarrero anunció en su sentencia la visita del veedor del Obispado, para que reconociera todas las dependencias rectorales y realizara la correspondiente tasación de los destrozos. También anunció que enviaría a un librero que estimara los desastres de la biblioteca, pero este informe, que hubiera podido ser concluyente, por tratarse del peritaje más apropiado para conocer la naturaleza de los libros, nunca llegó a realizarse. Esto y el que fuera insuficientemente técnico el informe del veedor del Obispado, movieron más tarde a Don Fernando de Baquedano, como fundador de la rectoría y de todas sus pertenencias, a recurrir a instancias superiores la precipitada resolución del caso por Don Dionisio Fernández de Portocarrero.

Fueron inútiles los recursos de Don Martín de Esparza ante la sentencia del Vicario General. Ni siquiera su aviso de apelar ante el Nuncio de su Santidad arrugó a Portocarrero, que ordenó prender al abad y trasladarlo a Estella, acto que puso en práctica el alguacil de Joan López de Lerín, presidente de la Audiencia eclesiástica de esta circunscripción. Allá, en Estella, permaneció vigilado, preso y enfermo en la casa de la viuda de Lucas de Navaz. Al menos, dejándose conducir, había evitado su excomunión y el pago de una multa de doscientos ducados.

Condenado el abad, también, a reparar los desperfectos de la casa y sus cercados, por el abandono de tantos años al frente de la rectoría de Gollano, fue embargado en sus bienes de Baquedano, Baríndano, Ecala, Zudaire y San Martín por valor de 148 ducados. Le decomisaron en especie 200 ducados en Gollano y 450 ducados en Artaza. En Estella le embargaron «el desmario de la uba y olibas», siete cubas vacías, cereales, cuarenta robos de habas y cincuenta haces de lino, que produjeron sus propiedades de Ordoyz.

Informe de Francisco Fratín, veedor del obispado

El informe del veedor del Obispado, a la sazón Francisco Fratín, se llevó a cabo como estaba mandado. Del texto de este informe sólo voy a destacar la parte correspondiente a la librería, por el obvio interés que tiene. Baste decir, tan sólo, que Fratín, al encabezamiento del mismo, jura haber visitado todos los aposentos de la abadía acompañado del vicario, dos beneficiados y cinco o seis hombres del pueblo. Los desperfectos de la estancia de la biblioteca sumaron 367 reales: se hacía preciso echar nuevo suelo de arcilla y entarimado, recomponer la librería propiamente dicha y proveer de cerradura a la puerta.

He aquí el documento prometido:

Marzo. Día 10.

Relación de los libros que obran en la librería de la Rectoría de Gollano, por Francisco Fratín, veedor del Obispado de Pamplona, según mandato del Vicario General de la Diócesis Don Dionisio Fernández de Portocarrero, ante el notario Joan de Garro.

ADP. Garro, c/321. n.° 5. Gollano: Destrozos. Ff. 107-109 v.°

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Repercusiones siguientes y fin del proceso

Don Martín de Esparza, a pesar de encontrarse “muy bufo, ympedido y con grandes enfermedades y en particular ympedido de enfermedad diperlesia”, que le imposibilitaba firmar con su mano derecha, a pesar de estar en mucha pobreza y necesidad, y viejo, no retiró su apelación ante el Nuncio de España. El 10 de abril de 1603 visitó al escribano real Joan de Ubalde para, en su presencia, delegar plenos poderes de representación en las personas de Don Diego Martínez (abad de San Martín de Améscoa) y de Don Sancho de Berrobi, procurador de las audiencias episcopales de Pamplona.

Por su lado, el Vicario Portocarrero atendía a que se pusieran ordenadamente en estantes y cajones los libros dañados. En su escrito al abad de Gollano de 24 de abril, le ordenaba que en lugar de los libros desaparecidos pusiera un Derecho Canónico, «las partes de Santo Thomas» y un Concilio Tridentino. Mandaba que los libros pasasen, debidamente inventariados, al archivo de la parroquia y que la llave correspondiente estuviera desde entonces en poder del rector y de sus sucesores.

Pero nuevos problemas vendrían a sumarse a los existentes, que no eran pocos. Don Fernando de Baquedano, enterado de los hechos y de la tasación llevada a efecto por el veedor del Obispado, que dice estar en poder del notario Garro, pide la misma “para que pueda dezir aduertir y alegar de su justicia”, pidiendo se suspenda en tanto la sentencia del proceso. La decisión se fundamenta en que el Obispado permitió se hiciera este informe sin estar él presente, que, como patrono de Gollano, era el más interesado en el conflicto.

“Antes parece -dice Eguíllor, su procurador- que sauiendo el retor que estaba en esta ciudad [Pamplona] mi parte ocupado en negocios de Yndustria hizo llebar al dicho vedor para que sin su asistencia hiziese la dicha tasación y es cierto que si se obiera hallado presente le hobiera ynformado de los daños que ay mui diferentemente”.

Se dice que el veedor no incluyó en su relación de daños la casa de misericordia, siendo así que está a cargo del rector y junto a otras de su dominio. También opone Don Fernando que la tasación del veedor se apoyaba en los precios de otros oficiales que estimaron por bajo los daños. Es igualmente deseo del patrono que sea nombrado oficialmente el librero que, según la sentencia del proceso, debería haberse personado en el lugar de los hechos para peritar sobre el estado de los libros.

Dionisio Fernández de Portocarrero reafirmó, no obstante, su sentencia, “sin embargo de lo allegado por el dicho Señor de Gollano”, motivando así una nueva apelación, aunque de signo contrario, de Don Fernando, a las instancias papales. Por un documento de 5 de julio de 1603 advertimos que prosperó la apelación, por cuanto Joan de Galdiano, prior y canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Pamplona, era nombrado juez de la nueva causa, en virtud de un breve del Nuncio de España. Este mandó inhibirse del proceso de Don Dionisio Fernández de Portocarrero, pidiéndole la remisión de dicha causa a sus instancias, bajo la pena de excomunión mayor y de doscientos ducados “para la cámara y guerra contra los infieles por mitad”, advirtiéndole que revocaría cualquier otra declaración de sentencias que llevara a cabo.

El largo proceso, que duró tres años, finalizó con una última sentencia, esta vez emitida por Don Juan de Galdiano, el 10 de octubre de 1603. Confirmaba la condena de Don Martín de Esparza, que -como se recordará- le obligaba a reparar las propiedades de la abadía, pero incluyendo, merced al recurso de Don Fernando de Baquedano, los gastos que excedieran de la tasación del veedor Fratín, comprendiendo también los relativos a la casa de misericordia.

La biblioteca

El inventario llevado a cabo por Francisco Fratín es lacónico en extremo, porque se limita a relacionar sin curiosidad alguna y mecánicamente un libro tras otro, sin permitir concluir gran cosa sobre autores, títulos, impresores, fechas de edición y otros datos necesarios para hacer una valoración de conjunto. Bien es verdad, también, que de esta forma se confirma el mal estado de los libros, muchos de ellos carentes de portadas y aún de portadillas y de colofones. No dejo de lamentar que se frustrara la inspección del perito librero, anunciada en la sentencia emitida por Portocarrero. Habría arrojado mayor luz sobre lo que ahora me propongo analizar.

El total de libros inventariados es de 155 ejemplares, repartidos así: 39 en la celda del beneficiado Miguel Fernández, 28 en el refectorio y 88 en la habitación destinada propiamente a biblioteca.

De doce de ellos se dice explícitamente que son libros “impresos”, precisando que seis son “de tortis”, es decir, están impresos con caracteres tipográficos de tortis, una variante de la letra gótica muy empleada en los primeros años de imprenta en España, aportada por el impresor veneciano Baptista de Tortis, a partir de la letra toledana monacal, usada en los libros de coro del siglo XII.

Se afirma que otros 47 libros «son de mano», no impresos, doce de los cuales están escritos en «letra francesa». Se refiere Fratín, sin duda, a la escritura francesa, introducida en la península a fines del siglo XI, que se generaliza en el siglo XII y llega a ser exclusiva en el XIII [9]. El veedor Fratín no entra en mayores explicaciones respecto a los libros manuscritos. Son “difíciles de entender”.

Del resto de ellos, otros 96, se deduce que son también impresos, al no añadirse nada más. El total de libros impresos alcanza, pues, la cifra de 108 volúmenes.

Todos los libros están en lengua latina, salvo uno en italiano (Vita Patruum de San Gerónimo). De uno de ellos, Las transformaciones de Ovidio, se dice que “está iluminado con mucha curiosidad”.

Identificación de los impresores

Estudiando con atención el inventario se puede llegar a espigar los nombres de algunos impresores que actúan en casos como editores, y que menciono a continuación.

Así:

  • Ricardo de Mediavilla. Super IV sententiarum. Parece editor e impresor.
  • Cierto cartujo. Chronica quae dicitur fasciculus temporum. Editor e impresor.
  • Guillermo Durando. Rationale divinorum oficiorum. Editor e impresor, según parece.
  • Francisco de Hildebrando y Nicolás Franc y Fordia, impresores asociados “de Venecia”. Sermones.
  • Ambrosio Spiera, …quadragesimale de floribus sapientiae, del que se dice se ha editado “óptimamente” y lo ha compilado.
  • Un impresor anónimo, que prepara un Preceptorium divinae legis, de Ioannis Kider, impreso en Basilea en 1481.
  • Arnaldo Guillermo de Brocar. Morale commentum magistri Castrouol in politicam yconomicam [Comentario moral del maestro Castrovol sobre política y economía]. Pamplona, 8 de junio de 1496. Incunable cierto, por tanto. El texto citado en el inventario, que dice “Incipit comentum seu scriptum super libros iconomice secundum translationem nouam Leónardi aretini factum…”, corresponde a las primeras líneas del Comentario Moral de Pedro de Castrovol [10].
  • Arnaldo Guillermo de Brocar. Se citan dos ejemplars de las Constitutiones prouinciales prouincie cesaraugustane [Constituciones provinciales de la provincia de Zaragoza]. Pamplona, 7 de agosto de 1501. Por su fecha de impresión y año puede calificarse prácticamente de incunable. Estas Constituciones fueron dictadas por el Obispo de Pamplona Arnaldo Barbazano y según el Padre Pérez Goyena [11], formaron un volumen con las Constitutiones synodales diócesis pampilonensis…, compiladas por Don Fernando de Baquedano.
  • ¿Baptista de Tortis?. En el inventario se cita Otro Nouum Digestum de tortis. La expresión “de tortis” puede aludir al tipo de letra empleada en la impresión, pero puesto que el propio Baptista de Tortis imprimió dicha obra (Digestum novum) en Venecia, me hace sospechar con cierto fundamento que pudiera atribuírsele el libro de Gollano [12].
  • ¿Baptista de Tortis? Otro de los libros inventariados, que se inicia con un “íncipit sextus liber decretalium”, unido a otro más de los citados, que reza “Sextus et clémentine de tortis”, me hace reafirmarme en la hipótesis que acabo de lanzar. “Sextus et clémentine”, podría resumir el contenido del libro impreso en Venecia (1496-97) por Baptista de Tortis, intitulado Liber sextum Decretalium Bonifacii Papae VIII. Clemens V. Papa: Constitutiones, que lleva aparato crítico de Juan Andrea, autor presente en esta biblioteca [13].

Autores y títulos

Doy a continuación referencia de los autores figurantes en la biblioteca. Debo hacer notar, por lo que ya he expuesto, que no es posible dar con exactitud los títulos de las obras, ya que Fratín se limita en bastantes casos a darnos el comienzo del texto (“incipit…”) o el final (“explicit…”). En otros momentos, en cambio, he podido adivinar de qué libros se trata.

Bartolo de Sassoferrato [14]. Ocho libros:

  • Super secunda parte infortiati delegatis primo.
  • Consilia, quaestiones et tractatus.
  • Secunda pars…, idem.
  • Super prima parte. A nobi de opere no, nuncie.
  • Super prima parte ff. veter. de iusticia et iure.
  • Super autenticis.
  • Super secunda parte A. noui de verbo.
  • Prima pars super infortiato, con adiciones de Alejandro de Imola (por duplicado).

San Antonino de Florencia [15]. Siete libros. Entre ellos:

  • Prima pars historialis, en varios volúmenes.
  • De servis fugitivis.

Nicolás de Lyra [16]. Nueve libros:

  • Sacre pagine proffesorum ordinis predicatoru.
  • Epístola loannis Andreae ad Papam Xistum IIII.
  • Postillae, con adiciones de Pablo, Obispo, dos ediciones incompletas.
  • Super prophetas et Machab.
  • Expositiones librorum Novi Testamenti, dos ejemplares.
  • De comendatione sacre scripture in testamentum vetus.
  • “…incipit prologus in librum esdre primum…”

Juan Andrea [17]. Tres libros:

  • Prima pars super quinqui libris decretalium.
  • Epístola ad Paulum II papam.
  • Constitutiones Clementi V papae, revisión crítica.

Nicolás de Tedeschi “Panormitano”, “Abad Siculo” [18]. Seis libros:

  • Decretales, en varias partes.
  • Repertorium sive tabula notabilum questionus articulorum doctorum domini necolay archiepiscopi.

Guillermo Durando [19]. Dos libros:

  • Pars secunda speculi… y Pars tertia speculi
  • Rationale divinorum oficiorum.

Dominico de San Geminiano [20]. Dos libros:

  • Decretales.

Gualterio Burleo

  • Super libros ethycorum Aristotelis.

Juan Fabri o Faber [21]

  • …censure primari iustinianum codicem breviarium multis elucubratum accastigatum…

San Bernardo de Claraval

  • …casus longi super quinqué libros decretalium…

Ricardo de Mediavilla [22]. Dos libros:

  • Super sententias Petri Lombardi.
  • Super IV sententiarum.

San Juan Crisóstomo

  • Omelia prima beati Iohannis Crisostomi sup. Evangelium iohannis

Nicolás Perroto.

  • Nicolai Perroti ad Pirbum perrotum nepotem

Angel de Obaldis de Perusio [23]

  • Opus ac lectura autenticorum praestantus

San Jacobo de Voraggio o Voragine [24]

  • incipit liber preclarissime religiosi fratris iacobi de voragine… ¿Podría tratarse de la Legenda aurea?

Pedro de Castrovol [25]

  • Morale commentum magistri castrouol in politicam yconomicam.

Juan de Vorágine

  • Sermones quadragesimales.

Fray Roberto Caraczalo

  • prima pars sermonum de laudibus sanctorum.

Jacobo Pérez de Valencia, Obispo

  • Librum psalmorum.

Bonifacio VIII, Papa

  • Liber sextus decretalium, dos ejemplares.

San Agustín. Tres libros:

  • Meditationes.
  • De civitate dei, primi libri.
  • Plurima opuscula.

Ambrosio Spiera [“egregium sacre theologie”]

  • quadragesimales de floribus sapientie.

Santo Tomás de Aquino. Cuatro libros:

  • Questiones
  • Liber eticorum
  • Super evangelium continuum
  • Continuum in libris enangelis secundum Mateum.

Juan Kider [profesor en Sagrada Teología]

  • preceptorium divine legis.

Fray Angelo de Clavario.

  • Prologus in summa angelica de casibus conscientiae.

Fray Roberto de Licio

  • Opus quadragesimale quod penitencia dictum est.

Jactancio Firmiano

  • De divinis institionibus adversus gentes.

Antonio de Buro

  • Repertorium iuridiciale, en dos partes.

San Jerónimo

  • Epístola ad Cromatium et Heliodorum episcopos de librei salomonis.
  • Vita Patruum, en italiano.
[Arista]
  • De interpretatione veteris testamenti.

Gregorio IX, Papa

  • Copilatio decretalium.
  • Registrum breve et utile ómnium puntorum tactorum in moralibus.

Antonino de Prato

  • Repertorium aureum.

Guarino de Verona

  • Ars dipthongandi.

Ambrosio, Obispo

  • Libri beati Ambrosii episcopi Medeolaxensis de oficis.

Justiniano.

  • Codex divi Justiniani

Juan de Carvisio

  • Colectae.

Marco Tulio Cicerón. Tres libros:

  • Oratio pro G. Neo Pompeio.
  • De oratore.
  • Opera ciceronis.

Casiano

  • Liber de incarnatione verbi contra Nestorem et alios eréticos.

Pío, Papa

  • Orationes et aliorum opuscula.

Ovidio

  • Transformationes.

Virgilio

  • Un libro que no se especifica.

Juan Bocatus

  • De casibus virorum illustrium.

Rafino [presbítero]

Prologus in historiam ecclesiasticam.

Juan de Idrea

  • Liber tertius novellae.

Juan, Obispo

  • Un libro del que no conozco más datos.

César Flavio Justiniano

  • Un libro.

San Anselmo de Cantorbery

  • Otro libro.

Leonardo el Aretino [26]

  • De bello itálico aduersus gothos

Nicolás, Obispo de Pamplona

  • Constituciones del obispado.

Tusculano

  • De Tusculanis questionibus.

Arnaldo Barbazano, Obispo de Pamplona

  • Constitutiones prouinciales provincie cesaraugustane, por duplicado.

La relación de los libros que no van acompañados de autor, son también numerosos. Abundan los libros de Derecho y de Derecho Canónico. Entre los primeros un Digesto y varios códigos y unas Summae apostolorum decretalium. No falta la Teología con un De misterio trinitatis, ni la Filosofía, ni la Poesía (son tres los libros en verso). Tampoco está ausente la Historia Eclesiástica, en particular un libro sobre vidas de santos, otro sobre los profesos de la Orden de Predicadores, sobre los milagros, papas, etc., además de varios libros de oraciones.

Materias y epílogo

La biblioteca tuvo su interés en cuanto a los fondos de Derecho y de Derecho Canónico en particular, con abrumadora mayoría de autores italianos, tales como Andrea, Sassoferrato, el Panormitano, Dominico de Santo Geminiano, Obaldo de Perusio y Antonio de Buró, también jurisconsultos, aparte de Justiniano. Importante fue su colección de Decretales de los Papas Gregorio IX, Bonifacio VIII y Clemente V, mediante las cuales, como se sabe, regían los pontífices la cristiandad en toda materia de Derecho.

Una parte importante de ella estuvo destinada a Teología y Filosofía, con las obras de San Agustín y de los filósofos-teólogos escolásticos San Anselmo de Cantorbery, San Bernardo de Claraval y Santo Tomás de Aquino, representante máximo del aristotelismo cristiano, y otras figuras más secundarias como Durando, Gualterio Burleo o Mediavilla.

No faltan el Expositor Nicolás de Lyra, ni un nutrido grupo de Moralistas y Predicadores, mayormente italianos, como San Antonino Florentino, Juan Fabri, Juan Vorágine, Fray Ángel de Clavario o Fray Jacobo Pérez de Valencia.

Ni los Historiadores, en particular de la Iglesia: Leonardo el Aretino, San Jacobo de Voraggio, Antonino de Prato y Juan Bocatus.

Tampoco literatos clásicos como Ovidio, Virgilio y el representante máximo de la retórica, Cicerón, junto al gramático Guarino de Verona.

En definitiva, la biblioteca de la rectoría de Gollano reunía los títulos más apropiados para documentar y educar a todo el equipo sacerdotal de la parroquia, de acuerdo a los gustos y preocupaciones del momento. Fue, a mi juicio, la biblioteca del humanista del Renacimiento que era Don Fernando de Baquedano, interesado en conocer a fondo las corrientes del pensamiento teológico y filosófico, las leyes y normas de la Iglesia, el derecho fundamental y otros aspectos varios de la cultura, que, como acabamos de ver, podían formar el prototipo de hombre eclesiástico de la época.

Es lastimoso que al patronazgo de Baquedano se respondiera con tan escaso reconocimiento. Pero así es la vida, junto a hombres cultos y emprendedores otros hay que cierran los ojos y vuelven la espalda. De aquella rectoría de Gollano no queda hoy más que un solar vacío adherido a la iglesia, con una puerta de comunicación que permanece tapiada de tiempo que a los naturales les parece inmemorial.

Notas

[1] Ordenados y catalogados con toda meticulosidad por su Archivero D. José Luis Sales y su ayudante D. Isidoro Ursúa. A ellos dirijo mi reconocimiento lleno-de gratitud, por la amabilidad con que atendieron mis consultas en la preparación de este artículo. Fueron ellos quienes pusieron en mis manos el proceso del que luego hablaré.

[2] Como bien ha expuesto G. Le Bras (Études de sociologie religieuse, París,- 1955-56, 2 vols.; recogido por Jean Delumeau, El Catolicismo de Lutero a Voltaire, Barcelona, Labor, 1973, pp. 162 y ss.), quien habla de «desfile» de las ciencias humanas a través de los registros de las visitas pastorales y de las memorias parroquiales. Lo que puede extenderse con razón a todos los fondos documentales de un archivo diocesano.

[3] Bien lo han probado los estudios de Luciano Lapuente publicados en la revista Cuadernos de Etnología y Etnografía de Navarra, de la Institución Príncipe de Viana, bajo el título de Estudio etnográfico de Améscoa, en varias entregas (núms. 7, 1971; 8, 1971; 11, 1972; 23, 1976; 24, 1976; 25, 1977; 29, 1978; 31, 1979; y 33, 1979).

[4] Dotada de una «librería muy antigua, con muchos libros de a folio», según el inventario de las pertenencias de este palacio, llevado a cabo el 17 de septiembre de 1788 por Don José Ignacio García de Eulate, según informa Don Luciano Lapuente en la obra citada, núm. 35/36 (1980), p. 297.

[5] GOÑI GAZTAMBIDE, J. Historia de los obispos de Pamplona (siglos XIV-XV). Pamplona, Institución Príncipe de Viana-Eunsa, 1979, 533.

[6] Con el título de Constitutiones sinodales diócesis pampilonensis, impresas en Pamplona por Arnaldo Guillermo de Brocar en 1501.

[7] XXIII Sesión del Concilio de Trento, canon 18. Tomado de DELUMEAU, cit., 25.

[8] A.D.P. Referencia y signatura: GARRO, cartón 321, n.° 15. Gollano: destrozos.

[9] La escritura francesa sustituyó en España a la letra visigoda en libros y documentos. Sus principales caracteres distintivos son la regularidad de los trazos, el aislamiento de los signos alfabéticos, que no consienten nexos ni ligados y la profusión de abreviaturas. De la escritura francesa pura surgen en el siglo XIII las letras de privilegios y albalaes.

[10] Ver PÉREZ GOYENA S.J., A. Ensayo de bibliografía navarra, desde la creación de la imprenta en Pamplona hasta el año 1910. Pamplona, Institución Príncipe de Viana, 1947, Vol. I, pp. 14 a 17. El infatigable y admirado bibliógrafo explica cómo dos libros diferentes -el Comentario Político y el Económico- formaban parte de una sola obra. Constituye esta la sexta impresión de Guillermo de Brocar en Pamplona.

[11] PÉREZ GOYENA, I, 44-46.

[12] En efecto, en el inventario se citan en minúscula letras iniciales de nombres propios. De esta manera “tortis” podría convertirse en “Tortis”. No sería exagerado atribuir la impresión de este libro al célebre impresor veneciano. Ya hemos constatado la presencia de dos impresores de Venecia en el inventario. Desconozco si hay relación entre este volumen y otro incunable existente en la Universidad de Navarra, procedente de una compra particular, carente de hojas iniciales y finales, titulado Digestum novum cum glossa, Venetiis, Baptista de Tortis, 18 de julio de 1499. Ver ORPI PRAT, Nuria. “Incunables en la Universidad de Navarra”, en La imprenta en Navarra, Pamplona, Institución Príncipe de Viana, 1974, p. 117.

[13] En la Universidad de Navarra conservan una edición de este incunable de Baptista de Tortis, procedente igualmente de una compra particular, que carece de hojas iniciales y finales. Ver ORPI PRAT, N., 117.

[14] Bartolo de Sassoferrato, jurisconsulto (1314-1359). Discípulo de Cino de Pistoia y luego maestro de Baldo de Ubaldis, los tres creadores del Derecho nacional italiano, basándose en la filosofía escolástica. Se le considera el glosador más importante de Justiniano y sus libros fueron denominados “lucerna iuris civilis”. Fue profesor en Bolonia, Pisa y Perusa. Trató de encontrar un término medio entre Derecho Canónico y Romano. Obra principal: primeros comentarios al Corpus iuris civilis y a los Consilia, quaestiones et tractatus, Opera omnia (ediciones de Basilea en 1588 y de Venecia, en 1590, 1603 y 1615).

[15] San Antonino Florentino, religioso dominico italiano (1389-1459), arzobispo de Florencia. Obra más importante: Prima pars historialis (Basilea, Nicolaus Kessler, 1491) y Confessionale.

[16] Nicolás de Lyra (1270-1340), franciscano. En su obra Postillae perpetuae in Biblia expone el sentido literal de la Sagrada Escritura, siguiendo los principios hermenéuticos de Santo Tomás, atendiendo al texto hebreo y a las experiencias de los rabinos y a todos los trabajos anteriores. Fuente importante de consulta para Lutero.

[17] Juan Andrea, canonista, profesor de Bolonia.

[18] Nicolás de Tedeschi (Panormitano), jurista italiano (1389-1466). Doctor en Derecho Canónico por Padua y catedrático de esa disciplina en Parma y Bolonia. Abad de Santa María de Maniacio, Arzobispo de Palermo, Cardenal en 1440. Conocido por los canonistas como “Abbas Parnomitanus Siculus” o “Modernus”. Obra principal: Decretales, el Sextum, las Clementinas y Practicas iudiciarias.

[19] Guillermo Durando de Saint Pourçain, m. en 1334, tomista y nominalista, maestro del Sacro Palacio del Papa Clemente V, Obispo de Meaux y de Limoux.

[20] Domingo de San Geminiano o Gimignano (Primera mitad del s. XIV y principios del x. XV), jurisconsulto y canonista italiano, profesor de Derecho Canónico de Bolonia, auditor de cámara de la Iglesia romana. Obras principales: Comentarios a las Decretales, una Synopsis decretalium y varios Responsa et consilia.

[21] Juan Fabri o Faber, m. en 1530. Dominico y predicador alemán, Vicario General de los Dominicos Conventuales de Alemania, consejero del emperador Maximiliano y amigo de Erasmo, del que se separó más tarde. Profundo crítico del luteranismo.

[22] Ricardo de Mediavilla o de Middleton, O.F.M., m. en 1300. Filósofo, enseñó los estudios empíricos en Oxford y París. Censor de la doctrina de Pedro Juan Olivi, jefe de los Espirituales, relativa a la triple parte sustancial del alma humana y su unión con el cuerpo (doctrina condenada en el Concilio Vienense de 1311). Obras principales: Super sententias Petri Lombardi, Questiones quodlibetales, De gradibus formarum, Super epístolas Pauli, De conceptione inmaculata virginis Mariae, Quodlibeta tua.

[23] Parece tratarse de Baldo de Ubaldis, discípulo de Bartolo de Sassoferrato.

[24] San Jacobo de Voraggio (1230-1298), prelado arzobispo de Génova, autor de la obra hagiográfica más considerable de la Edad Media, la Leyenda aurea. Escribió también una crónica de Genova y varios libros más.

[25] Fray Pedro de Castrovol, nacido en Mayorga (León), maestro en Sagrada Teología y catedrático de Lérida. Obra principal: Super psalmum Athanasii et Credo (1492), Commentum in VIII libros Phisicorum eundem translationem (1496), Yncipit commentum seu scriptum super libros polithicorum… (1496), Morale commentum… in politicam yconomicam (1496), Formalitates y Tractatus vel si manis expositio in simbolum quicumque vult… (1499).

[26] Leonardo el Aretino, literato italiano (1369-1444) que contribuyó decisivamente al brenacimiento de las letras griegas y latinas. Obras principales: Vida de Dante y de Petrarca, Historia de Florencia y Epístolas de Séneca en Romance.