- Estructura organizativa y función del personal de los museos.
- Conducta ética entre los profesionales de museos.
- Su dependencia administrativa en España.
- Gestión y administración del museo. Formas y modelos.
- La financiación.
- Bibliografía.
- Anexo 6: La formación del personal de los Museos de Bellas Artes.
- Anexo 7: Código de deontología profesional del ICOM. [Resumen]
1. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIÓN DEL PERSONAL DE LOS MUSEOS
Según Alonso Fernández[1], un mínimo equipo para el funcionamiento del museo deberá estar integrado por un director; conservadores adjuntos encargados de las secciones, sus asesores inmediatos; expertos en conservación, ayudantes de los anteriores, responsables del archivo fotográfico, los almacenes, el servicio de restauración, la secretaría técnica, el archivo documental y la redacción del inventario; restauradores especializados; personal de reprografía; personal para el mantenimiento del edificio y sus instalaciones; personal administrativo (entre el que cuenta al secretario, jefe de personal, subdirector gerente y administrador; personal subalterno; y personal del departamento de orientación pedagógica:
Aunque, como opina Félix Jiménez Villalba[2], llevar a la práctica esta estructura organizativa ideal es algo prolijo, porque la organización de los museos es un tema complejo que abarca numerosas variables, sobre todo en España, donde existen museos de titularidad estatal (dependientes de la Administración Central y del Estado pero con gestión transferida a las Comunidades Autónomas), museos dependientes de las Comunidades Autónomas, museos Municipales, museos privados, museos fundacionales y museos eclesiásticos. Además, existen museos grandes y bien dotados de medios y pequeños con carencias insalvables. Unos se organizan conforme a determinadas normativas legales y otros, por el contrario, carecen de normas sobre el particular.
Manuel Cerro González[3] añadía en 1998 otros problemas específicos de los Museos de Titularidad Estatal, -aplicables también a muchos dependientes de las Comunidades Autónomas- como que entonces carecían de una plantilla predeterminada (no existían Relación de Puestos de Trabajo ni Catálogo de personal laboral formalmente establecido), los directores eran de libre designación (y por tanto de libre remoción), el acceso al Cuerpo de conservadores no se hacía a la especialidad (con lo que el destino final de los mismos podía no coincidir con sus conocimientos específicos), y la confusa regulación de los Restauradores (sin titulación clara (amparándose generalmente en la Graduación en Artes Plásticas Aplicadas a la Restauración), entre otros aspectos negativos.
En octubre de 1997, y en Madrid, en el transcurso de las III Jornadas de Museología organizadas por la Asociación Profesional de Museólogos Españoles, sobre el tema “La organización del museo”, se llegó, entre otras, a las conclusiones siguientes[4]:
- Todo museo, con independencia de su tamaño, temática, colecciones y titularidad, para cumplir con las tareas que le asigna la Ley de Patrimonio Histórico Español y las normas de aplicación en la Comunidades Autónomas, debe contar con las siguientes áreas funcionales: Dirección y Administración; y cuatro Áreas Temáticas: Conservación, Documentación, Difusión e Investigación.
- Cada museo debe definir en su programa museológico sus objetivos a corto, medio y largo plazo.
- Para lograr esos objetivos es necesaria una dotación mínima de infraestructuras (instalaciones y servicios) y presupuestaria, referida tanto a medios materiales como a personal.
- Es necesaria una definición administrativa de los museos públicos, de forma que se les otorgue una personalidad jurídica propia. Esta autonomía tendría como consecuencia una mayor flexibilidad y agilidad en la gestión de los medios necesarios para su funcionamiento, y, en particular, en la posibilidad de captar recursos ajenos y administrar los propios.
Describiremos a continuación las funciones reconocidas a los miembros de la plantilla de un museo-tipo:
El director:
Es el responsable del museo a todos los efectos, tanto en lo relativo a representación como al funcionamiento de sus dependencias.
Según expone Aurora León[5], en los museos privados de USA es considerado un business man (hombre de negocios), que dirige financieramente el centro y es polifacético[6]. Su peor inconveniente: que pueda tomar decisiones sin el consenso del resto del equipo.
Para G. H. Rivière[7], vela por el funcionamiento, la eficacia y la proyección cara al exterior del museo, da cuenta a la autoridad tutelar de las actividades del mismo y propone a esta los programas de desarrollo del museo.
Según él, se oponen dos tesis sobre la competencia que le debe ser exigida:
- una de ellas le exige ser científico, especialista en una de las disciplinas en las que destaca el museo; el peligro está en que privilegiara su especialidad por encima de las demás disciplinas del museo, siquiera porque uniese al tiempo que le exige su especialidad las tareas de la dirección;
- otra que sea un gestor (manager), ya que la función administrativa se torna cada vez más técnica y las relaciones públicas le ocupan gran parte de su tiempo profesional. Pero si desconoce la museología, puede cometer errores de concepción y de gestión.
Christian Pattyn[8]destaca que en Francia los museos se encuentran generalmente bajo la responsabilidad de conservadores (personal científico) -como en España-, que se encargan de la conservación de las colecciones, el personal, la animación cultural y los diferentes edificios.
La conservación de las colecciones implica el asiento de los inventarios; la restauración de los objetos, coordinando a los talleres especializados; las adquisiciones; la presentación de las obras expuestas mediante textos complementarios; el control de las reservas; la elaboración de catálogo; las investigaciones en torno a los fondos; y la adopción de medidas de seguridad
La dirección del personal incluye a conservadores, restauradores, administrativos, vigilantes, y obreros profesionales de mantenimiento e instalaciones.
La animación le obliga a mantener relaciones con políticos, medios de comunicación y público, garantes de la proyección del museo. A coordinar las actividades temporales, entre ellas las exposiciones, y actividades dirigidas a escolares, tercera edad, minusválidos, aunque naturalmente sea con la colaboración de los conservadores.
Los lugares o ámbitos de conservación-exposición están bajo su responsabilidad. Debe coordinar los re-acondicionamientos y adaptaciones.
A sus órdenes directas están el secretario general, el subdirector, los administrativos y el archivero-bibliotecario.
Ciertos directores son titulares también de algún departamento o sección.
El conservador jefe:
También llamado Subdirector, constituye la cabeza del personal científico que se sitúa al frente de cada uno de los departamentos en que se halla subdividido el museo (en referencia a épocas, territorios, materias o géneros artísticos etc.).
Realiza las siguientes tareas:
- Labores museográficas: el incremento de las colecciones; la supervisión del montaje de las salas; el registro y clasificación de piezas; la supervisión del mantenimiento y restauración de las piezas; informes sobre adquisiciones artísticas y bibliográficas; la cooperación con el equipo pedagógico; y el control de las actividades dirigidas al público.
- Labores de investigación: el análisis, estudio y catalogación de las piezas del museo; estudios de investigación de las mismas y publicación de sus resultados; cooperación e intercambio con investigadores; colaboración con estudiantes y público; y realización de trabajos de campo.
Su cualificación le exigirá disponer de una titulación universitaria afín a la temática del museo, o experiencia equivalente; estar especializado en el área de la colección del museo que se le confíe; tener una probada trayectoria científica; conocimiento de las técnicas de selección, evaluación, preservación, restauración y exposición de bienes culturales; y estar enterado del mercado de objetos culturales, de los principios éticos del coleccionismo y de la legislación vigente sobre importación y exportación.
Aurora León veía conveniente constituir un staff o cuerpo de gobierno, heterogéneo en sus actividades específica, y homogéneo en la meta primordial del museo, “que colabore estrechamente con la Universidad”[9].
Vemos, por tanto, que la formación del conservador deberá ser pluridisciplinar y exhaustiva, además de la que le exija el contenido específico del museo donde preste su servicio. Conocimientos que sólo un tercer ciclo universitario podría proveerle[10].
El conservador-jefe dispondrá de un equipo auxiliar: conservador-restaurador jefe, ayudantes conservadores, responsable del registro y catalogador, encargado de las reservas.
Conservador-restaurador jefe:
Sus funciones serán la preservación de los objetos de la colección con relación a la colección permanente del museo, las adquisiciones, los depósitos y los préstamos; el tratamiento de las obras que necesiten limpieza o restauración; y el mantenimiento de las condiciones óptimas del edificio para conseguir una conservación preventiva.
Se le exigirá una titulación universitaria en el ámbito afín de la temática del museo, o bien en química o ciencias relacionadas con la restauración; varios años de experiencia como restaurador en un museo; y experiencia administrativa.
Puede contar con otros restauradores que le ayuden.
El ayudante del conservador:
Es responsable ante el conservador del almacenaje seguro y el cuidado continuo de las colecciones; la entrada y catalogación de materiales y elaboración de informes de estado de conservación; la gestión de las consultas y solicitudes de información por parte del conservador; y la preparación de objetos, especimenes u obras de arte para su exposición.
Responsable del registro:
Sus funciones son crear y mantener los sistemas de documentación adecuados para la gestión de las colecciones; supervisar, numerar, catalogar y almacenar las colecciones del museo; y coordinar los aspectos relativos al préstamo de obras.
Jefe de exposiciones:
En los museos pequeños puede abarcar también las funciones de gerencia de actividades culturales. Sus funciones son la planificación y producción, en colaboración con los conservadores, de un programa de exposiciones de acuerdo a los objetivos del museo, señalando su presupuesto; las directrices en cuanto a diseño y comunicación; la circulación de las exposiciones itinerantes; y la evaluación de su programa y el contacto con los proveedores de su ramo.
Se servirá de un diseñador de exposiciones, de un montador, un diseñador gráfico, un técnico de luz y sonido
El personal técnico:
Está para velar por la conservación y restauración de las piezas. Constituido por fotógrafos, restauradores, dibujantes, que disponen de talleres y laboratorios; técnicos en climatización; y un equipo de obreros especializados: carpinteros, electricistas, albañiles, transportistas, jardineros, personal de limpieza, etc.
Equipo pedagógico:
Configurará el equipo educativo, integrado por un pedagogo, un psicólogo, un sociólogo, un especialista en teoría del arte y un artista plástico.
Se ocupará de la gestión y el desarrollo de relaciones de cooperación con las escuelas para ofrecerles programas basados en el currículo escolar; la programación de visitas y evaluaciones posteriores de las mismas; la dimensión didáctica de las exposiciones; la preparación de unidades didácticas para los diferentes tramos de la enseñanza; el desarrollo y ejecución de los programas de educación de adultos relacionados con la colección del museo; y la formación de monitores voluntarios.
Equipo de comunicación:
Correspondiente al DEAC (Departamento de Educación y Acción Cultural), que engloba a los técnicos en comunicación para facilitar el acceso al museo[11].
Su campo de trabajo es muy vasto:
- Respecto al museo: investigará las posibilidades comunicativas del objeto museístico, análisis y selección de los niveles de información etc.
- En lo concerniente al público: analizará las tipologías de públicos, la programación de actividades a ellas dirigidas, la formación de educadores, etc.
- Con relación a la pura comunicación museo-público: cooperará con el resto de técnicos a la mejor comunicabilidad de los contenidos del museo, planteamiento y actuación sobre ediciones y diseños.
El DEAC requiere unas dependencias propias: sala de estudio, almacén para material diverso, servicio de información especializado, sala de reuniones, aula de proyecciones, talleres para prácticas educativas y biblioteca juvenil.
Una mínima dotación exige la presencia de dos técnicos, un conservador y un especialista en público y comunicación, que actuarán coordinados con el personal de servicio general.
Personal de información y de relaciones públicas:
Como nexo entre el museo, sus actividades y el público receptor de las mismas, se sitúa el personal experto en relaciones públicas -que ya hemos integrado en el DEAC-, o sea, aquél que establece contacto con los medios de comunicación; que entra en trato directo con el público (encuestas…); y que se relaciona con la Asociación de Amigos: personas con inquietudes culturales y posibilidades económicas, que colaboran desinteresadamente con el museo.
Hoy en día se hace preciso que todo el personal del museo trabaje en equipo, lo que supone la participación de todos los que conforman el museo. Un equipo que sea especializado, se halle bien integrado y coordinado, tenga calidad humana, esté abierto ideológicamente e intelectualmente y tenga conciencia de estar al servicio del público.
Bibliotecario, documentalista:
El museo ha de tener una biblioteca de contenido alusivo a los propios fondos, con un bibliotecario facultativo al frente, ayudado por auxiliares bibliotecarios.
En los centros con mayores posibilidades ha de haber también un servicio de documentación compuesto por: archivos científicos, filmoteca, fototeca y fonoteca.
Personal administrativo:
Su nombre indica cuál será su función: atención de la oficina, manejo de los diferentes medios técnicos, contabilidad, es decir, todo lo que constituye la tarea de administración. Alonso Fernández le asigna también labores de inventario.
Servicio de mantenimiento
Personal de vigilancia y de seguridad:
De día y de noche para defender el museo del robo y de los incendios; para proteger a la plantilla del centro y a sus visitantes. En los museos de cierta envergadura existe un efe de seguridad, del que dependen los vigilantes de planta y de seguridad.
Con respecto al acceso de personal a los museos estatales, los museólogos profesionales españoles participantes en las III Jornadas de Museología antedichas, reclamaron:
- Unas normas de acceso acordes con las necesidades del puesto de trabajo a desarrollar, adaptándolas a las distintas escalas en que se definieran sus funciones y competencias.
- Una carrera profesional en función de la responsabilidad y complejidad de los puestos a ocupar.
- La posibilidad de establecer unos periodos de prácticas previos, o becas de investigación en museología para formar, previamente, al personal que opte al ingreso en los museos.
2. CONDUCTA ÉTICA ENTRE LOS PROFESIONALES DE MUSEOS
Todo grupo profesional requiere de normas y pautas que regulen responsabilidades y deberes particulares de sus miembros, los cual supone la formulación de una serie de principios que le guíen. Y el grupo profesional de museólogos no es una excepción al caso, pues el museo es una institución que está al servicio de la sociedad y sus profesionales deben de tener unos conocimientos y capacidades intelectuales inspiradas por la ética. Edson considera que el objetivo principal de un código ético es mejorar el nivel de la práctica profesional y reforzar el papel y las responsabilidades del museo con la sociedad[12]. En los últimos tiempos la profesión museológica se ha especializado mucho debido a la ampliación de las áreas de trabajo en el museo, que exigen técnicas y conocimientos específicos. Estas son las razones que han hecho sentir la necesidad de mantener una conducta ética.
Por ello, diversas organizaciones relacionadas con el museo han redactado códigos deontológicos de la profesión, entre ellos:
- La Declaración de principios y política sobre ética y conducta adoptada por el Royal Ontario Museum de Canadá, que está basado en los Códigos de la Asociaciones Canadiense y Americana de Museos, y fue aprobado por su Consejo de Administración en 1982
- El Código de Conducta para los conservadores de Museos, de la Asociación Profesional Nacional del Reino Unido (1983).
- El Código de deontología profesional del Comité Internacional de Museos (ICOM) dependiente de la UNESCO, aprobado en la Asamblea General celebrada en Argentina en 1986 y reafirmado por unanimidad de los participantes en la Asamblea General de Barcelona el 6 de julio de 2001, sistematiza recomendaciones anteriores del mismo ICOM (Deontología de las Adquisiciones, 1970) y de otros códigos a nivel internacional.
Vamos a analizar los aspectos coincidentes en todos ellos relativos al modelo de conducta del museólogo:
- La política de adquisición de colecciones: dado que el museo es la única institución que tiene definida la responsabilidad de conservar sus colecciones para el disfrute de futuras generaciones, su política a seguir tiene que estar gobernada por principios éticos y estar definida claramente en sus fines y objetivos, que se revisarán periódicamente. Un museo no debe adquirir nunca colecciones para acumular un número mayor de objetos en sus fondos, sino que siempre deberá preferir rellenar las lagunas existentes, o bien iniciar aspectos nuevos anteriormente no representados. No obtendrá nunca objetos que no se puedan documentar, catalogar, conservar o exponer de una manera adecuada, o que tengan una procedencia ilícita. La adquisición de objetos procedentes de trabajos de campo evitará la degradación de los recursos naturales y de los yacimientos, y debe estar de acuerdo con las leyes, estando precedida siempre de una consulta a las instituciones y autoridades culturales y académicas del país o región donde vaya a llevarse a cabo, así como justificadas desde el punto de vista científico y académico.
- La documentación de sus colecciones: un museólogo tiene la obligación de tener completamente documentadas las colecciones a su cargo; esta documentación tiene que conservarse adecuadamente y permitir su consulta manteniendo la confidencialidad de ciertos datos concernientes a la seguridad de las propias colecciones o de las que custodie por préstamo o depósito (por ejemplo su procedencia, forma y cuantía de su adquisición, anteriores propietarios etc.)
- La investigación: no se deben realizar investigaciones que conduzcan al deterioro de las colecciones; no se deben retirar determinadas colecciones para asegurarse el museólogo la exclusividad científica de las mismas ni asumir exclusivamente los derechos de publicación de dichos materiales. Esto se recoge en el artículo 23 del Reglamento de los Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, que dice: “Los Museos [aunque debemos entender aquí su personal] deberán facilitar a los investigadores la contemplación y estudio de los fondos que no estén expuestos al público, así como la consulta de todos los catálogos sin menoscabo de normal funcionamiento de los servicios”.
- La utilización de la información: el museólogo debe mantener la confidencialidad de las informaciones obtenidas en el trascurso de sus investigaciones cuando éstas puedan perjudicar al informante o a la comunidad donde tales informaciones se hayan recogido, y no puede revelar la información que le haya sido confiada en el ejercicio de sus deberes profesionales, excepto cuando se le solicite legalmente; tiene la obligación, tanto en las exposiciones que presente como en las publicaciones que realice, de ofrecer al público una información clara, exacta, objetiva y equilibrada, de manera que no perpetúe ciertos estereotipos nacionales o interétnicos, y que esta información sea además sensible hacia ciertos temas éticos, sociales y religiosos –evitando decantarse por ideologías concretas, no respetar los objetos sagrados o ceder ante la curiosidad morbosa cuando se expongan restos humanos- ya que el público suele considerar que las opiniones de los profesionales de los museos son verdaderas. La conducta del museólogo, en todos los casos, debe estar guiada por la objetividad y su espíritu científico.
- El patrocinio de actividades y las donaciones: un museo nunca deberá aceptar donaciones o legados de objetos que contengan condiciones jurídicas que coarten sus objetivos, salvo que tengan un interés excepcional para él; el profesional de museos no aceptará presiones de los patrocinadores que tiendan a favorecer sus intereses comerciales cuando éstos puedan comprometer las normas y los objetivos del museo.
- La facultad de disponer legalmente de las colecciones: el museo adquiere colecciones para la posteridad, por lo que cualquier tipo de cesión (por donación, intercambio, préstamo, venta o destrucción) debe ir precedida de una información exhaustiva y objetiva del profesional de museos a la autoridad correspondiente. En nuestro país la venta de colecciones está expresamente prohibida por la Ley de Patrimonio Histórico Español, por estar declaradas éstas bienes de interés cultural, mientras que en los Estados Unidos y en algunos museos del Reino Unido la venta selectiva de algunos objetos museados está permitida para mejorar las colecciones u obtener fondos con que sostener la financiación de los museos, aunque este caso ha motivado la oposición de los conservadores británicos y la protesta de algunos estadounidenses, al considerar que puede conducir a una manipulación del mercado del arte[13].
- La identificación y autentificación de objetos: el museólogo nunca debe emitir un certificado de autentificación de un objeto ni tasar para un particular, pues puede entrar en conflicto de intereses con su institución, salvo que oficialmente se lo solicite otro museo, la autoridad de la que dependa administrativamente o la autoridad judicial, y más aún cuando el objeto tenga una procedencia ilícita o se haga en beneficio propio.
- La conservación de las colecciones: el museólogo tiene la obligación de conservar adecuadamente las colecciones que tiene a su cargo con el fin de transmitirlas íntegramente y en las mejores condiciones a las generaciones futuras, controlando para ello las condiciones del medio ambiente y los factores de riesgo que puedan amenazarlas.
- Existen además muchas circunstancias que ponen a prueba la conducta ética del museólogo, como las relaciones comerciales que debe tener en función del desempeño de su profesión, su actitud ante las presiones políticas que pueden inducirle a tomar decisiones perjudiciales para la adecuada conservación del patrimonio histórico, etc. que están despertando en este colectivo profesional la necesidad de reforzar su código deontológico.
3. SU DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA EN ESPAÑA
La clasificación de los museos por su dependencia administrativa ofrece una complejidad por los diferentes organismos que los crearon y los cambios de titularidad tras la planificación de España en Comunidades Autónomas (Constitución de 1978).
Trataremos de dar una visión simplificada de los mismos, tomando como punto de partida lo expuesto por Francisca Hernández en el Cap. 4 de su Manual de Museología[14]:
- Museos de Titularidad Estatal y gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y sus Organismos Autónomos:
- Museos Nacionales
- Organismos Autónomos: Museo Nacional del Prado, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Museo Nacional de Antropología y otros, gestionados por un Patronato, donde la Dirección se encarga de la labor científica y de elaborar el Presupuesto anual que luego será aprobado por el Patronato, con cargo a los Presupuestos Generales del estado.
A la Dirección de los Museos Estatales le corresponde el cuidado, dotación, instalación, fomento y gestión de los mismos.
Su organismo consultivo básico es la Junta Superior de Museos.
- Museos de Titularidad Estatal transferidos a las Comunidades Autónomas: el estado conserva la titularidad de los edificios y sus instalaciones, en tanto que su mantenimiento y conservación será competencia de cada Comunidad Autónoma. Las inversiones que se realicen en ellos, y que no supongan la mera conservación de los edificios, serán programados por el MECD por propia iniciativa o a propuesta de la CA. El Estado mantiene la titularidad de los fondos hasta el momento en que se firme el convenio de transferencia. La salida de fondos o su reproducción deberá ser autorizada por su titular. Corresponde a la entidad gestora la contratación del personal facultativo y auxiliar.
- Museos de Titularidad Estatal gestionados por diversos Ministerios: en su mayoría dependientes del Ministerio de Defensa.
- Museos Estatales gestionados por diferentes Organismos Públicos. Se incluyen en este apartado los museos dependientes de:
- Patrimonio Nacional: bienes de titularidad estatal afectos al uso y servicio del Rey y los miembros de la Real Familia para el ejercicio de su alta representación. Son gestionados por un Consejo de Administración y dependen de Presidencia del Gobierno. Entre ellos se encuentran el Palacio Real de Oriente, el Parque del Campo del Moro (Madrid), los Palacios del Escorial y de Aranjuez, el Valle de los Caídos, los Palacios Reales de la Granja y Ríofrío en Segovia, los llamados Reales Patronatos como el Convento de las Descalzas Reales, la Iglesia y Convento de la Encarnación, en Madrid; y Museos como el de Carruajes, la Real Armería, así como sus bienes muebles (cuyo inventario supera las 50.000 obras).
- los Parques Nacionales, que dependen del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA); el Museo Nacional de Ciencias Naturales, el Real Jardín Botánico y el Museo Cajal, gestionados por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC); los museos de las Reales Academias; las colecciones de los Bancos Oficiales y el Museo Nacional Ferroviario, gestionado por la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE).
- Llama la atención la escasez de museos universitarios, pese a la existencia en ellos de colecciones merecedoras de constituir museos, como es el caso de las dos Universidades madrileñas la Complutense y Autónoma.
- Museos Privados, de Fundaciones de Corporaciones: son de iniciativa privada y pueden diferenciarse los siguientes:
- los que se crean a partir de una iniciativa personal y que incluso llevan el nombre de sus creadores; se van gestando a partir de la donación de colecciones y su financiación es problemática, por lo que buscan apoyos públicos a costa de parte de su independencia; se identifican con el modelo de museo local;
- los que están vinculados a personajes de la nobleza y constituyen un importante patrimonio, por ejemplo, los Museos de la Fundación “Casa de Alba” o “Duque de Lerma”;
- y los biográficos, creados por la obra de determinado autor bajo la fórmula de fundaciones, por ejemplo los Museos de la Fundación Miró o Tápies.
- Museos Eclesiásticos: el Patrimonio de la Iglesia constituye el 70% del patrimonio histórico-artístico español y el 24,83 de los museos y colecciones de España[15]. Dada su importancia, su conservación y difusión están sujetas al Concordato entre la Iglesia y el Estado de 1953 y a la vigente Ley de Patrimonio Histórico Español, que en su Art. 28.1 afirma que “los bienes muebles declarados de interés cultural y los incluidos en el Inventario General que estén en posesión de instituciones eclesiásticas…, no podrán transmitirse por título oneroso o gratuito ni cederse a particulares ni a entidades mercantiles. Dichos bienes solo podrán ser enajenados o cedidos al Estado, a entidades de Derecho Público o a otras instituciones eclesiásticas”[16]. Podemos distinguir varios tipos de museos:
- Museos Diocesanos, que albergan colecciones de arte sacro procedentes de las Diócesis y que pueden compararse a los Museos Provinciales en cuanto a importancia.
- Museos Catedralicios: ubicados en las respectivas catedrales, cuya misión es semejante a la que cumplen los Museos Municipales.
- Museos Parroquiales y Conventuales, que equivalen a los Locales y Monográficos en el ámbito civil, y que según Romero conservan fondos de arte sacro (creados para el culto), arte religioso (no utilizados para el culto), arqueología sacra (de uso religioso) y arte popular (creaciones o manifestaciones populares con un contenido o uso religioso)[17].
Francisca Hernández añade las colecciones procedentes de países de misión, referidas no sólo a aspectos religiosos sino etnográficos.
4. GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL MUSEO. FORMAS Y MODELOS
Estos conceptos -gestión y administración- han adquirido en nuestro tiempo una importancia correlativa a las funciones científica y educadora, debido a la creciente complejidad que adquiere la labor museística, en una sociedad cada vez más competitiva con la oferta del ocio. Los expertos canadienses Lord y Dexter Lord definen la gestión en este particular campo como la “toma de decisiones que conducen a la consecución de la misión del museo, al cumplimiento de su mandato y a la ejecución de sus objetivos a corto y a largo plazo para cada una de sus funciones”[18].
Y cuando una institución alcanza un cierto grado de complejidad, como es el caso, es preciso adoptar nuevos estilos de gestión (management) y de dirección (marketing, como traducción operativa del estilo directivo).
Como explica William M. Sukel, el museo es una empresa con los mismos objetivos, estructura organizativa, planificación y control, que por encima de su finalidad patrimonial, educativa y cultural en ciertas partes del mundo ya se le exige que sea una industria cultural autofinanciada. Con la dificultad añadida de que a su director se le pide un perfil ambicioso -ser gestor y científico a un mismo tiempo-, pero estando peor pagado que en la empresa privada[19].
¿Esto que significa? Que el museo debe aplicar modelos de gestión flexibles y contratar directivos que sepan atraer recursos ajenos.
Un museo bien gestionado requiere[20] :
- claridad de definición en su misión y objetivos;
- habilidad para formular y concretar estrategias de trabajo en equipo;
- capacidad para establecer planes operativos, en plazos concretos;
- una estructura de gobierno que provea la visión y recursos requeridos, a ser posible diversificados (esto obliga a recurrir a la mercadotecnia, al mecenazgo y al patrocinio privados exteriores al museo, que serán tanto más generosos cuanto más liberalizado sea el marco legal y fiscal del país[21]). Y como añade Petit: “instaurando nociones de eficacia y de racionalización en la gestión del aparato museístico”[22];
- en la plantilla: competencia, lealtad, estabilidad, mutuo respeto, motivación, cierta independencia de cada uno de sus integrantes;
- mantenimiento de una positiva imagen pública a través de las acciones de la institución y de su plantilla de personal;
- apropiadas instalaciones físicas.
Para Waddel y Goode[23], un museo es una responsabilidad pública, pues constituye un servicio público. Si no existiera una adecuada y segura fuente de recursos para coleccionar, preservar y exhibir objetos de calidad museística, la creación de un museo debería esperar.
Para que un museo pueda funcionar adecuadamente y estar al propio tiempo bien gestionado, necesita:
- una definición estatutaria: saber si se trata de una institución de fundación y propiedad pública o privada, qué sistema de organización, de financiación y de administración tendrá, y a qué legislación deberá someterse;
- un plan definido y bien estructurado de acuerdo con las posibilidades de la institución y las necesidades de la comunidad a la cual se dirige;
- material con el que trabajar (colecciones);
- un equipo mínimo de trabajo, además especializado (añadiríamos también con una formación actualizada. Por ello la aparición creciente de publicaciones y programación de cursos de postgrado en museología dentro de las Universidades);
- y unas determinadas infraestructuras y departamentos.
Las formas de gobierno de los museos:
Existen cuatro formas principales de gobierno:
- Dependencia orgánica: se trata de museos dependientes de un gobierno (la Administración Pública, una universidad o una empresa), a su vez integrados en una estructura de gobierno mayor. Cuentan con una asignación presupuestaria regular.
- Ventajas:
- Los museos de los distintos niveles de la Administración (estatal, regional, provincial/autonómica, municipal) se agrupan en redes para constituir un servicio de museos que ofrece ventajas al concentrar determinadas funciones (pueden compartir servicios de documentación, conservación, mantenimiento, administración y seguridad).
- Pueden ser eficientes a la hora de proporcionar al público una buena oferta y una amplia gama de servicios, dado el potencial del organismo del que dependen.
- Inconvenientes:
- Las rentas que generan van a parar a las arcas de la organización de la que dependen, por lo que se ven poco incentivados para proporcionar al público servicios complementarios de calidad
- Los servicios compartidos perjudican el deseo de ofrecer a la sociedad una imagen distintiva, interesante par la captación de fondos.
- Ventajas:
- Dependencia con autonomía de gestión: algunas de las instituciones anteriores han visto ventajas en la transformación de sus museos en entidades dotadas con autonomía de gestión. Con ello se pretende librarles del partidismo político y de presiones corporativas y al mismo tiempo estimular en ellos la búsqueda de recursos distintos de los oficiales. Disponen de un órgano de gobierno (patronato, junta) nombrado por la cúpula de la Administración o el presidente de la empresa o corporación, en el que se integran también representantes de entidades sociales. Este órgano de gobierno establece las grandes líneas de actuación del museo y aprueba sus proyectos[24]. También elige al director.
- Ventajas:
- Su conciencia de autonomía y mayor libertad impulsa la captación de financiación externa, así como donaciones de particulares.
- Los voluntarios culturales encuentran una mejor acogida.
- La financiación pública se asigna anualmente en forma de subvención, aunque esta suele ser variable.
- Sus rentas revierten en propio beneficio.
- Ventajas:
- Organización sin ánimo de lucro: los patronatos (juntas de gobierno) directivos son verdaderos órganos de gobierno y no meros órganos asesores. Sus miembros son elegidos de entre los miembros de la organización, aunque cabe su nombramiento directo. Este patronato nombra al director. Para alcanzar la condición de organización sin ánimo de lucro, los fundadores del museo han debido legalizar sus estatutos y regularizar su situación para obtener exenciones fiscales. Pueden gestionar un museo de forma independiente o, por ejemplo, obtener de la Administración Pública la concesión de la gestión de un museo que le pertenezca.
- Ventajas:
- son similares a la categoría anterior: su financiación proviene de fondos públicos y privados e incluye ingresos por donaciones, dotes y muy especialmente del gasto realizado dentro del museo por los visitantes (en la tienda o la cafetería-restaurante arrendada con frecuencia a segundas empresas)
- los voluntarios juegan un papel destacado en este tipo de organizaciones.
- Ventajas:
- Entidad privada: También existen museos que pertenecen y son directamente regidos por fundaciones, personas o empresas privadas. Estos museos pueden funcionar como fundaciones privadas sin ánimo de lucro o como negocios en provecho de sus propietarios (en tal caso no son admitidos por la UNESCO como museos en si, ya que son expresamente reconocidos como entidades sin ánimos de lucro). La financiación procede directamente de los propietarios y de los rendimientos que estos museos generan. El director suele ser contratado por el propietario, quien puede nombrar además un comité asesor. Es muy rara la presencia de voluntarios.
¿Cuál de estas modalidades es la más ventajosa? En principio puede pensarse que el modelo norteamericano –entidad privada o dependencia orgánica con autonomía de gestión- es el más envidiable por gozar de autonomía de gestión y libertad en la captación de ayudas privadas, pero la realidad puede ser otra, si nos atenemos a las declaraciones del director del MOMA de New York, Glenn D. Lowry, con ocasión de una visita a España en 2004: “El capital privado es menos complicado de recaudar, pero llega con gran cantidad de restricciones, cientos de individuos quieren decirte cómo dirigir tu institución. En Europa, la negociación es sólo con el Gobierno. Europa debe hallar medios de seducir al dinero privado y yo debo tratar de ver cómo hacer para que el Gobierno nos apoye”[25].
Los modelos de organización:
Existen varios modelos de organización interna de los museos que tienden a superar la compartimentación y facilitar el trabajo en equipo, que pueden ser utilizados de manera exclusiva o formando combinaciones, según lo requiera el tipo de trabajo a desarrollar:
- Pirámide jerárquica: es la forma más común de organización utilizada por los museos, así la Dirección se organiza en tres divisiones:
DIRECCIÓN | COLECCIONES |
---|---|
ACTIVIDADES | |
ADMINISTRACIÓN |
En un museo pequeño, una o dos personas habrán de realizar todas las funciones, pero en uno grande cada división tendrá sus propios departamentos, organizados según el principio jerárquico:
SUBDIRECCIÓN DE COLECCIONES O CONSERVADOR JEFE | DEPARTAMENTO DE ARTE |
---|---|
DEPARTAMENTO DE HISTORIA | |
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS | |
DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN
Y RESTAURACIÓN |
|
DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN |
SUBDIRECCIÓN DE ACTIVIDADES | DEPARTAMENTO DE EXPOSICIONES |
---|---|
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN | |
DEPARTAMENTO DE PUBLICACIONES | |
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN | |
DEPARTAMENTO DE MARKETING |
SUBDIRECCIÓNDE ADMINISTRACIÓN | DEPARTAMENTO DE PERSONAL |
---|---|
DEPARTAMENTO DE FINANZAS | |
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD | |
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO | |
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN
Y DESARROLLO |
|
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN
AL VISITANTE |
Los museos con más recursos seguirán extendiendo la pirámide jerárquica de cada departamento según muestran los diagramas organizativos de Lord y Dexter Lord [Veánse Cuadros “El personal de dirección”, “Organigrama de la división de Colecciones”, “Organigrama de la división de Actividades”, “Organigrama de la división de Administración”][26].
Para los museos españoles de tipo medio Andrés Carretero propone este organigrama funcional, general y sintético, que lo estructura como un “servicio”[27]:
- DIRECCIÓN
- SUBDIRECCIÓN
- DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN
- Registro de Colecciones
- Biblioteca
- Archivos Documentales
- DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN
- Gestión de fondos museográficos
- Restauración
- DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN
- Secciones científicas
- DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN
- Exposiciones
- Didáctica
- Actividades Culturales
- ADMINISTRACIÓN
- Gestión económica-administrativa
- Seguridad y mantenimiento
- DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN
- SUBDIRECCIÓN
- Grupos de trabajo: muchas de las actividades del museo requieren de la cooperación de departamentos pertenecientes a las tres divisiones. En tales casos, una buena solución es integrar representantes de todos los departamentos en grupos de trabajo implicados en proyectos específicos, por ejemplo uno de entre los más importantes la organización de exposiciones. Pero también se pueden formar para otras tareas específicas de documentación, educación, ofrecimiento de nuevos servicios para el público e implementación de la presencia del museo en la comunidad. El jefe coordinador de todos ellos será nombrado por el director.
5. LA FINANCIACIÓN
¿De que hablamos cuando nos referimos a la financiación? Simplemente del proceso mediante el cual una organización –en nuestro caso el museo- consigue los recursos económicos (financieros, materiales, en especie u otros) para mantener sus actividades y el funcionamiento interior, abordar planes de expansión e investigación y mantener el ritmo adquisitivo de bienes culturales
La situación ideal, en lo que respecta a la obtención de fondos, es aquella en la que se conjugan dos estrategias de gestión de recursos financieros:
- Dirigirnos hacia varias fuentes de financiación: pública, privada, de instituciones culturales y educativas, de clientes y usuarios. Por este camino el museo podrá recibir subsidios de la Administración, subvenciones, dotes, patrocinio y donaciones:
- La Administración Pública contribuye con sus fondos a la economía de los museos porque proporcionan a la sociedad tres servicios fundamentales: preservan el patrimonio común, proporcionan a los ciudadanos una educación e incentivan el turismo cultural.
- Ciudadanos con sensibilidad cultural –filántropos- también contribuyen a su sostenimiento con dotes, que son invertidas por los responsables del museo y utilizan sus intereses para costear los gastos del museo. Es una práctica extendida en el mundo anglosajón, especialmente en Estados Unidos.
- Importantes coleccionistas, animados del mismo sentir, acrecientan los museos con donaciones e importantes legados, con el deseo en ocasiones de hacer perdurable su memoria, amparándose en deducciones sobre los impuestos.
- Y, por otro lado, incrementar el apoyo social (mediante campañas de captación de fondos, presentación de productos locales, coproducción de actividades, apoyo a la asociación de “Amigos del Museo” etc.), y mejorar la gestión de los recursos con una planificación financiera, un control del gasto y el uso de las técnicas del marketing (registro de las “marcas” de los bienes del museo, explotación de su tienda etc., con la intención de equilibrar el presupuesto, ya que la completa autofinanciación es prácticamente imposible), en suma tratando de ser más creativos y permeables al espíritu de empresa.
Partiendo de la necesaria renovación legal, administrativa e institucional de los órganos de gobierno de los museos, de acuerdo con las nuevas necesidades y demandas sociales. Y, en lo que respecta a la adquisición de obras, es de gran importancia contar –como hemos dicho- con una legislación progresiva que permita la reducción de impuestos si se donan bienes culturales a los museos o su compensación mediante el pago de deuda tributaria en especie (dación).
Una de las características de la financiación cultural es la diferencia que se establece entre el sector público y el privado respecto a la obligación de aportar sus recursos a objetivos artísticos y por extensión culturales. El sector público tiene la obligación constitucional de sostener el funcionamiento de la cultura como uno de los servicios básicos de la sociedad. No ocurre lo mismo con el privado, no existe ninguna obligación estatutaria y constitucional contraída para apoyar la cultura, aunque reconozcamos que la empresa privada debe devolver a la sociedad parte de su riqueza en forma de cultura, bienestar o educación., mediante el fomento del Patrocinio y la creación de Fundaciones de Empresa.
¿Pero, en la práctica, por qué invierte la iniciativa privada en cultura? La respuesta es múltiple: pueden existir motivos sociales como la calidad de vida, mejora de la imagen ante la comunidad, reconocimiento de la cultura como una fuerza educativa; motivos comerciales como el deseo de llamar la atención sobre sus productos, desarrollo de la imagen corporativa, especialización de esa imagen, contacto con gente clave; o por motivos personales: el director puede estar a favor de esta política, buscar su propio prestigio etc.
Cualquier búsqueda de colaboración en la empresa privada, o en el particular, obliga necesariamente a:
- Explicar como es y como funciona nuestro museo: por ejemplo, número de personas que van a sus actos, su poder adquisitivo, su origen geográfico e influencia social, tipo y frecuencia de nuestra publicidad, programación de actos y su repercusión en los medios de comunicación etc.
- Hacer una propuesta escrita del que será nuestro proyecto, lo más breve posible, para poder tener una reunión personal y discutir sobre su patrocinio. A ella tendremos que llevar preparados más datos que amplíen nuestra solicitud, por ejemplo, una memoria de actividades, especialmente referida al sector para el que demandemos ayuda, descripción de la trayectoria histórica del museo y otros documentos que favorezcan la formación de opinión favorable en nuestro futuro patrocinador. Será imprescindible aportar el presupuesto del proyecto y descripción detallada del mismo. Y armarse de paciencia, porque la respuesta de las empresas patrocinadoras (sobre todo multinacionales) tarda en llegar, ya que siguen planes plurianuales y a más largo plazo respecto a sus estrategias de comunicación.
- No es suficiente con haber conseguido financiar nuestro proyecto: será precisa una labor de gestión de los recursos obtenidos, su control, adecuada inversión conforme a los planes previstos y constante seguimiento del proyecto patrocinado con el fin de asegurar su éxito, del que al término habrá que dar una justificación escrita en forma de memoria a la empresa patrocinadora. Se pondrán los medios para que esa empresa sienta el museo cercano, pueda servirse de él para ciertas actividades sociales o formativas o acudir al mismo con sus cargos directivos.
6. BIBLIOGRAFÍA
Básica
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BENOIST, Luc. Museos y museología., París, PUF 1971.
HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, Francisca. Manual de Museología. Madrid, Síntesis, 1994. Cap. 4.
LEÓN, Aurora. El museo: teoría, praxis y utopía. Madrid, Cátedra, 1990. Especialmente pp. 295-304 (“Etica y política del equipo”).
LORD, Barry-DEXTER LORD, Gail. Manual de gestión de museos. Madrid, Ariel, 1998. [Especialmente su Apéndice con el “Catálogo de puestos de trabajo” y el punto 3.5. “Gestión económica”]
RIVIÈRE, Georges Henri. La museología. Curso de museología/textos y testimonios. Madrid, Akal, 1993. [Cap. “Estatutos y organización” por C. Pattyn, pp. 431-437]
Especializada
BALLART HERNÁNDEZ, Joseph-JUAN I TRESSERRAS, Jordi. Gestión del patrimonio cultural. Madrid, Ariel, 2001.
BARRIO MARTÍN, Joaquín (ed.). Innovación tecnológica en conservación y restauración del patrimonio. Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 2006.
BARY, Marie-Odile De-TOBELEM, Jean-Michel (dirs.). Manuel de muséographie. Petit guide à l’usage des responsables de musée. Biarritz, Séguier, 1998. [Especialmente los artículos de Alain Joubert “Comment assurer le développement du musée par le biais de ses ressources propes”, pp. 291-301; y de Jean-Michel Tobelem “Organisation, gestion et financement des musées”, pp. 305-333]
BOYLAN, Patrick y OTROS. Museums 2000. Politics, people, professionals and profit. London-New York, Museums Association and Routledge, 1994.
CABALLERO ZOREDA, Luis. Funciones, organización y servicios de un museo: el Museo Arqueológico Nacional de Madrid. Madrid, ANABAD, 1982.
IV JORNADAS DE DEPARTAMENTOS DE EDUCACION Y ACCION CULTURAL DE MUSEOS. Madrid, Ministerio de Cultura, 1988.
CERRO GONZÁLEZ, Manuel. “Cómo disponer del personal idóneo: condicionamientos legales”, Museo, núm. 3, 1998, pp. 25-.33. Madrid, APME.
CHATELAIN, Jean. Administration et gestion des musées. Paris, La Documentation Française, 1987.
CLOTAS CIERCO, Pere. Patrocinio empresarial y cómo buscar patrocinador. Madrid, Lid Editorial Empresarial, 2009.
PÉREZ MARTÍN, Miguel Ángel. “Gestión de museos”, en DÍAZ BALERDI, Iñaki (coord.). Miscelánea museológica. Bilbao, Servicio Editorial de la Universidad del País Vasco, 1994, pp. 285-298.
FELDSTEIN, Martin. The economics of art museums. Chicago-London, The University of Chicago Press, 1984. 363 pp.
HERRERA ESCUDERO, María Luisa. El museo en la educación: su origen, evolución e importancia en la cultura. Barcelona, Index, 1971.
ICOM Código de Deontología del ICOM para los Museos. París, Consejo Internacional de Museos-ICOM, 2002, 16 pp.
JIMÉNEZ VILLALBA, Félix. “Esquema para debatir la organización de los museos”, Museo, núm. 3, 1998, pp. 20-24. Madrid, APME.
MENSCH, Peter Van y OTROS. Professionalising the muses. The museum profession in motion. Amsterdam, AHA Books, 1989. 164 pp.
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MOORE, Kevin (ed.). La gestión del museo. Gijón, Ediciones Trea, 1998 [Especialmente la “Introducción a la gestión del museo”, por Kevin Moore, pp. 9-30; y los caps. 11, “Los problemas de la gestión de personal en museos y organismos históricos”, por Renée Friedaman, pp. 183-194;24, “Los museos como organizaciones”, por William M. Sukel, pp. 391-394; 26, “El director más eficaz: ¿especialista o generalista?, por Stephen E. Weil, pp. 409- 416; 27, “MOR: resumen de la gestión del museo”, por Stephen E. Weil, 417-428; y 28, “El museo bien gestionado”, por Stephen E. Weil y Earl F. Cheit, 429-431]
Museo. Revista de la Asociación Profesional de Museólogos de España. Núms.1, Madrid, 1996 (dedicado a la formación y selección de profesionales de museos, especialmente el artículo de Andrés Carretero “La museología ¿una práctica o una disciplina científica?”, pp. 27-42) y núm. 3, Madrid, 1998 (centrado en la organización del museo, especialmente las “Conclusiones de los grupos de trabajo”, en pp. 20-24).
NIETO, Gratiniano. Panorama de los museos españoles y cuestiones museológicas. Madrid, ANABAD, 1973.
PETIT, Gonzague. “Marketing de museos: algunos puntos de vista”, en RICO, Juan Carlos (ed.). Los conocimientos técnicos. Museos. Arquitectura. Arte. Madrid, Sílex, 1999. Cap. 1.
PIVA, Antonio (dir.). Museo 2000 alla recerca di una identità. Venezia, Marsilio, 1995. Ver artículo “La gestione dei servizi museali”, por Anna M. Alexandra Merlo, pp. 67-74.
ROMERO DE TEJADA PICATOSTE, Pilar. “La conducta ética entre los profesionales de museos, según algunos códigos internacionales recientes”, Museo, núm. 3, Madrid, APME, 1998, pp. 61-69.
RUNYARD, Sue. The museum marketing handbook. London, HMSO,1994. 140 pp.
TOBELEM, Jean-Michel. Le nouvel âge des musées: les institutions culturelles au défi de la gestión. Paris, Armand Colin, 2005.
VARIOS AUTORES. L’organisation des musées. Conseils pratiques. Paris, UNESCO, 1959. 202 pp.
ANEXO 6
LA FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LOS MUSEOS DE BELLAS ARTES
Vamos a contemplar el caso concreto de la formación del personal destinado a los museos de Bellas Artes. Y nada mejor para ello que tomar el pulso a la situación contrastando los pareceres de diversos museólogos y viendo cómo se orienta esta formación en los principales países del Área Occidental.
1. Opinión de Luis Alonso Fernández:
Expone en su libro Museos y museología: dinamizadores de la cultura de nuestro tiempo que los museos deben contar con un personal especializado, que acredite su profesionalidad mediante titulación académica adecuada, que para él debe ser, en el caso de los museos de Bellas Artes:
- licenciatura en Filosofía y Letras (Historia del Arte)
- licenciatura en Bellas Artes
- un «curriculum» que demuestre solvencia como investigador
Los argumentos que emplea en defensa de estos requisitos son:
- Con respecto a la formación: la práctica ha demostrado que tanto la Universidad como las Escuelas de Bellas Artes son las mejores canteras para la formación de especialistas, por los conocimientos que se imparten a nivel teórico (historia, literatura, sociología, antropología, psicología, historia del arte, pedagogía) y práctico (modelado, tallado, fundición, técnicas de grabado, pintura o dibujo etc.).
Dado que en España no se da importancia a la práctica de las artes en la carrera de Letras, lo ideal sería que el conservador tuviera ambas titulaciones.
Además, debería completar su formación con: cursos de Museología/museografía, periódicos y oficiales; y un período de prácticas profesionales en museos (recomienda un año de duración) - Con respecto a la selección: Alonso considera como más aconsejables para seleccionar al personal del museo las pruebas de oposición y concurso de méritos.
Una vez en la plantilla del museo, el conservador deberá realizar continuos reciclajes profesionales: asistir a cursos, conferencias y congresos (en o fuera del centro propio); y supervisar continuamente las novedades editoriales (en museología-museografía, Arte, percepción artística etc.).
2. Opinión de María Luisa Herrera
Tal como se deduce de lo expuesto en su libro El museo en la educación, María Luisa Herrera coincide con Alonso Fernández en sus planteamientos. Según ella, “en España debería haber una Escuela Oficial de Museólogos”, de que carecemos en la actualidad. Durante bastante tiempo, la única manera de formarse en este campo ha sido la Escuela de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, heredera de la antigua Escuela de Diplomática, donde se formaron los antiguos facultativos y única en cuanto se seguían en ella unas orientaciones precisas sobre acondicionamiento de museos y presentación de objetos, junto a clases de Historia del Arte. Pero lo ideal -a su juicio- es “que el conservador sea especialista en la materia propia de su museo”.
Concreta algo más su punto de vista al afirmar que las universidades deben ser los centros donde se impartan a los futuros conservadores los conocimientos básicos que necesiten; y los museos, con sus clases prácticas de museografía, los que completen la formación específica que se les pide.
María Luisa Herrera llega a estas conclusiones tras advertir que en los países desarrollados del Área Occidental, la formación que se da a los futuros conservadores se imparte en la Universidad.
3. Opinión de Francisca Hernández:
En su Manual de Museología, Francisca Hernández corrobora la inexistencia en España de cursos estables de formación museológica que, a su parecer, debe ser «interdisciplinar». Así como los restauradores cuentan con una formación específica, el resto de profesionales de museos adolecen de una formación previa e inician su preparación y perfil específico cuando comienzan a ejercer su profesión «a través de la experiencia personal y de la transmisión de conocimientos por parte de los que ya trabajan en el museo». La formación tradicional ha consistido en estudios de Historia del Arte, Arqueología y Ciencias, hasta que se incorporaron en la década 1970 los estudios de Museología en la asignatura de Prehistoria por iniciativa del Prof. Almagro Basch en la Universidad Complutense de Madrid (continuados por ella misma a través de un programa de postgrado de dos años de duración). De manera intermitente se ha impartido en las Universidades de Barcelona (en 1989 organiza el programa de postgrado sobre Gestión del Patrimonio Arqueológico, que contempla la museología, al que seguirán otros en varias especialidades), Santiago (Prof. Sicart, 1991), y Facultad de Bellas Artes de Madrid (Prof. Alonso Fernández, 1991)[28], que se irán generalizando a partir de 1989 y han ido suministrando el personal cualificado requerido.
4. La formación de conservadores en el Área Occidental[29]:
- En Francia:
La formación de los conservadores quedó a cargo desde 1882 de la Escuela del Louvre[30]. Los estudios duran tres años. Las materias se relacionan con la Historia general del Arte; tres «cursos orgánicos»: un primero de Arte Clásico y Egipcio, un segundo de Arte Oriental y Musulmán y un tercero de Arte Europeo de la Edad Media a nuestros días; dos cursos de Museología:- uno dedicado a la Historia y principios generales de la organización y presentación de los Museos y colecciones particulares en el mundo. De carácter teórico.
- otro teórico-práctico sobre administración, instalación, funcionamiento de los museos; cuidado, conservación y restauración de obras de arte; organización de los museos. La teoría se alterna con visitas y prácticas en museos.
Las clases son dadas por conservadores o especialistas en cada una de las áreas.
En 1987 se crea la École du Patrimoine dependiente del Ministerio de Asuntos Culturales, cuya misión es formar a los conservadores del Patrimonio. El curso tiene una duración de 18 meses, impartiéndose nociones jurídicas, administrativas, de gestión financiera, informática, museografía, conservación y restauración de obras de arte, con un complemento de prácticas en servicios o administraciones culturales. Existen cinco especialidades: Archivos, Arqueología, Bibliotecas del Patrimonio, Inventario General, Museos y Monumentos Históricos.
Aparte de ello, varias universidades (Lyon, Bourgogne, Mulhouse, Toulouse, Paris…) ofrecen cursos de Museología[31].
- En Gran Bretaña:
El plan de estudios es similar al francés, aquí a cargo de la Asociación de los Museos de Gran Bretaña, que en colaboración con la Universidad de Leicester crea en 1970 un curso específico de tres años, de carácter teórico-práctico, con varias especialidades[32]. A partir de 1987 se establecen cuatro niveles de estudios, siendo el cuarto de carácter superior destinado a la formación de directores de museo. - En Alemania:
Los licenciados pueden inscribirse en los cursos organizados por los museos, donde tras dos años de duración obtienen el diploma de conservadores. - En Estados Unidos:
La formación de los futuros conservadores queda a cargo de los propios museos (donde aquellos realizan sus «pasantías» bajo la dirección de un tutor), que colaboran con las Universidades en el desempeño de la docencia de Museología. Se combinan igualmente teoría con práctica. El Museo Metropolitano de Nueva York escoge a sus futuros conservadores de entre los diplomados en Bellas Artes o estudios similares que realizan en él su período de prácticas. Su grado de formación se valora con la redacción de una memoria y sus conclusiones
Las Universidades de New York y de Washington son las que gozan de mayor predicamento en materia d estudios de Museología.[33]. - En Canadá:
Estos estudios fueron impulsados por la Asociación Canadiense de Museos ya en la década de 1960. Actualmente han quedado incorporados a las Universidades de Montreal y Laval, en Québec. - En España (en la actualidad):
En nuestro país se contempla ya la Museología en las Facultades de Bellas Artes y de Filosofía y Letras, pero como asignatura complementaria (optativa para el alumno) de unos estudios superiores.
La formación intensiva en Museología se puede adquirir a través de cursos de postgrado especializados, muchos de los cuales se realizan en colaboración con las Universidades o las instituciones autonómicas.
Su metodología es teórico-práctica.
He aquí los principales de carácter presencial:
- Curso sobre Diagnóstico y Métodos para la Conservación Preventiva en Museos. Escola Europea del Patrimoni de Barcelona (Centre Europeo del Patrimoni). Esta Escuela organiza también cursos dirigidos a personal auxiliar y vigilantes de museos, de nivel inferior a diplomatura.
- Curso de Formación de Técnicos en Museología. Servicio de Museos y Arqueología de la Junta de Castilla y León.
- Curso de Museología del Arte Contemporáneo (Vanguardia y Museo). IVAM-Centre Julio González, en colaboración con la Fundación La Caixa. Valencia. 100 horas.
- Diploma de Postgrado en Educador de Museos. Facultad de Huesca, Universidad de Zaragoza.[34] 400 horas. Destinado a Licenciados y Diplomados Universitarios. Máximo de 30 alumnos. Su objetivo es Formar personal cualificado para desempeñar las diversas funciones que los Departamentos de Educación y Acción Cultural tienen asignadas en los diversos Museos, cualquiera que sea su contenido disciplinar. Incluye un mes de prácticas en un museo, con su correspondiente Memoria, y la redacción de un Memoria final de investigación museopedagógica. Las asignaturas que contempla son Museografía, Historia y realidad de los museos, Teoría y organización del museo, Legislación e instituciones museológicas, Teoria y praxis de la educación museológica, Psicopedagogía de los museos: Técnicas de Comunicación; Sociopedagogía de los museos: Comportamiento del público; Didáctica en los museos de Arte, Didáctica en los museos de Prehistoria y Arqueología, Didáctica en los museos de Historia, Didáctica en los museos de Etnología y Antropología, Didáctica en los museos de Ciencia y de Técnica.
- Curso Superior de Museografía y Técnicas Expositivas. Centro Superior de Arquitectura, Fundación Antonio Camuñas, Madrid. Un curso (de enero a julio)
- Curso de postgrado en Museología Científica, del IDEC (Instituto de Educación Continua) de la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona)[35].
- Especialista Universitario en Gestión de Museos, de la Universidad Politécnica de Valencia. Duración: 1 año académico (255 horas lectivas).
- Estudios de postgrado en Museología, Universidad Politécnica de Valencia (550h., dos cursos).
- Especialista Universitario en Exhibicion Museografica, Universidad Politécnica de Valencia. Duracion: 1 año académico (235 horas lectivas).
- Master en Museografia y Exposiciones, de la Universidad Complutense de Madrid. Facultad de Bellas Artes. Programa resumido: Conocimientos científicos, teóricos y prácticos sobre el museo, la museología y la museografía haciendo especial hincapié en la exposición. Formación desde todos los aspectos y perspectivas, desde el punto de vista conceptual a su aplicación práctica en un proyecto real. Prácticas profesionales en museos, centros culturales, galerías y empresas de diseño con el fin de completar la formación profesional. Duracion: 1 año lectivo (580 horas lectivas).
- Máster en Museología de la Universidad de Valladolid (previsto a partir de 2005). Un curso de 695 horas (422 horas teóricas y 273 horas prácticas), que se distribuye en varios módulos: Introducción, colecciones y documentación, arquitectura y espacios museísticos, conservación y restauración, exposiciones, administración y gestión, educación y acción cultural, marketing y comunicación, tecnologías de la información y comunicación[36].
- Máster Universitario de Museología de la Universidad de Granada: 717 h. Con profesorado de primera categoría[37]
- Curso de Museología de la Universidad de San Pablo-CEU (250 h.)[38].
- Diploma de posgrado Museos y Educación, Universidad de Barcelona (Área de Educación Artística de la Facultad de Bellas Artes)[39]. Se dirige a licenciados, profesores y profesionales que tengan un interés por estudiar y entender la dimensión pública de los museos desde un punto de vista crítico.150h. Número de alumnos: 25. En cuanto al contenido, contempla seis módulos, con sus correspondientes asignaturas: Teoría de la educación, Educación en los museos, Museología crítica, Exposiciones y colecciones, Públicos y Gestión. Contempla un periodo de prácticas y la Elaboración de un proyecto educativo aplicable a un museo concreto, a una exposición o a una colección.
- Diploma de especialización en Educador de Museos y Centros Afines. Universidad de Girona[40]. Destinatarios: Estudiantes universitarios, titulados superiores y diplomados en: Pedagogía, Psicología, Educación Social, Estudios de Magisterio, Historia del Arte, Bellas Artes, Escuelas de Arte y Diseño, Humanidades. 60 h.en su primera edición. Objetivos: Atender la demanda social de educadores comunicadores para instituciones, empresas y plataformas culturales. Ofrecer una formación actualizada a las diversas dimensiones que requiere el perfil de educador/a especializado en la intervención educativa sobre patrimonio musealizado o en vías de musealización. Generar nuevas actitudes y valores educativos encaminados a formar a un profesional versátil en el campo de la cultura. Número de alumnos: 30. Contiene tres módulos con sus correspondientes temas: Habilidades y estrategias comunicativas; ¿Los museos, lugares de aprendizaje?; Didáctica aplicada a los museos; Presentación de proyectos.
Cursos a distancia:
La expansión de la red Internet ha permitido la preparación de cursos que pueden seguirse a distancia (on line), y de carácter virtual, desde el curso 2003, utilizando el correo electrónico como herramienta.
Citaremos los principales:
- Master en Museología y Museos impartido por la Universidad de Alcalá. Tiene carácter de post-grado. Su duración máxima es de tres cursos (880 créditos). Aborda los campos de Museología y Legislación aplicada a museos. El primer campo abarca dos módulos: la museología y los museos, y las funciones museológicas; el segundo, la legislación aplicada a los museos (estatal y autonómica).
- Postgrado en Fundamentos de Museología y Museografía Didáctica, de la Universidad de Barcelona (180 h.). Sus objetivos: la adquisición del dominio conceptual para la realización de exposiciones, musealización de monumentos e intervenciones sobre el paisaje, desde las
perspectivas de la museología y la museografía comprensiva.
Aproximaciones didácticas a los contenidos del patrimonio. - Postgrado en Aplicaciones en Museología y Museografía Didáctica, de la Universidad de Barcelona (180 h.). Objetivos: ofrecer múltiples instrumentos para que los profesionales de este sector puedan desarrollar proyectos que impliquen diseño y ejecución de
exposiciones y presentaciones de patrimonio desde la perspectiva de la
museología y la museografía didáctica[41]. - Master en Museologia y Gestión del Patrimonio Cultural, de la Universidad de Barcelona. Instituto Catalán de Antropología. Programa resumido: Formación que combina conocimientos teóricos sobre el patrimonio (teoría del patrimonio, historia, aportaciones disciplinarias), conocimientos técnicos para la conservación y exposición del patrimonio (documentación, museografía, conservación, diseño arquitectónico), conocimientos relativos a la difusión y gestión del patrimonio (marketing, gestión, didáctica, turismo) y conocimientos para la realización de proyectos patrimoniales. Duracion: 2 años (650 horas lectivas).
Más Cursos de Postgrado en materia de Patrimonio Cultural en http://www.mcyt.es/sepct/ANEP/informe_patrimonio/patri4.html
Los museos estatales prevén la dotación de becas para la realización de estudios de Museología (MNCARS) y de prácticas de museos (en el Museo de Navarra son tres anuales, dirigidas a licenciados), lo que favorece el conocimiento directo de la Museografía, pero no se exigen estas prácticas profesionales como requisito para opositar a plazas de nueva creación.
ANEXO 7
CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA PROFESIONAL DEL ICOM[42]
DEONTOLOGÍA DE LAS INSTITUCIONES
- Principios básicos para la dirección de un museo
- Normas mínimas para los museos
El órgano rector u otro organismo de control de un museo tiene el deber ético de mantener y, si es posible, desarrollar todos sus aspectos, colecciones y servicios. En particular, cada órgano rector debe procurar que todas las colecciones que custodia estén almacenadas, conservadas y documentadas de forma adecuada.Las normas mínimas, en materia de finanzas, locales, personal y servicios varían según el tamaño y las responsabilidades de cada museo. En algunos países estas normas mínimas pueden contemplarse en una ley o en cualquier otro reglamento gubernamental; en otros, las directrices y una evaluación de estas normas mínimas se proporcionan en forma de «acreditación» o un sistema similar. Cuando estas directrices no existan a nivel local, generalmente podrán obtenerse dirigiéndose a las organizaciones y a los expertos adecuados nacionales e internacionales, directamente o por medio del Comité Nacional o Internacional apropiado del ICOM. - Constitución
Todo museo deberá tener una constitución escrita u otro documento que estipule claramente su estatuto jurídico y su carácter permanente de organismo sin fines de lucro, de conformidad con las leyes nacionales relativas a los museos, al patrimonio cultural y a las instituciones sin fines lucrativos. El órgano rector u otro organismo de control de un museo deberá preparar y difundir una declaración sobre los fines, los objetivos y la política del museo y sobre la función y composición del órgano rector. - Finanzas
El órgano rector tiene la responsabilidad financiera suprema en relación con el museo y la protección y el cuidado de sus distintos bienes: las colecciones y la documentación relativa a las mismas, los locales, las instalaciones y equipos, los bienes financieros y el personal. Tiene el deber de determinar y definir los objetivos y la política de la institución y de asegurarse de que los bienes del museo se utilizan de manera conveniente y eficaz con fines museísticos. El órgano rector deberá disponer con regularidad de fondos suficientes, procedentes de fuentes públicas o privadas, para llevar a cabo y desarrollar el trabajo del museo. Deberán adoptarse sistemas contables adecuados, que se utilizarán de acuerdo con las leyes y normas de contabilidad nacionales pertinentes. - Locales
El Consejo de Administración tiene la obligación de proporcionar locales que garanticen un entorno apropiado desde el punto de vista de la seguridad y la preservación de las colecciones. Los locales deben ser adecuados para que el museo pueda desempeñar, de conformidad con su política, sus funciones primordiales de acopio, investigación, reserva, conservación, educación y exposición, albergar a su personal y deben estar de acuerdo con la legislación nacional relativa a la seguridad del público y el personal. Deberán establecerse normas adecuadas de protección durante todo el año, día y noche, contra riesgos como el robo, el incendio, la inundación, el vandalismo y el deterioro. Deberán preverse instalaciones apropiadas para personas minusválidas, siempre que sea posible, desde el momento del diseño y la puesta en servicio de los edificios e instalaciones. - Personal
El órgano rector tiene la obligación de cerciorarse de que el museo cuenta con un personal suficientemente numeroso y cualificado que le permita ejercer sus funciones. El número de empleados y su estatuto (remunerado o voluntario, fijo o temporal) dependen del tamaño del museo, de sus colecciones y de sus responsabilidades. No obstante, es preciso llegar a un acuerdo que permita al museo cumplir sus deberes en lo referente a la conservación de las colecciones, el acceso al público, los servicios públicos, la investigación y la seguridad.El órgano rector tiene obligaciones especialmente importantes en lo que atañe al nombramiento del director y, cada vez que se presente la eventualidad de destituirlo, deberá asegurarse de que esta medida se adopta siguiendo únicamente los procedimientos adecuados, en el marco de los acuerdos constitucionales jurídicos o de otro tipo y de la política del museo, de que este cambio se realiza de manera profesional y deontológica, debido a lo que se considera el interés del museo y no a causa de un factor o prejuicio personal o externo. Asimismo, debe asegurarse de que estos mismos principios se aplican a cualquier nombramiento, ascenso, dimisión o descenso del personal del museo realizado por el director o cualquier otro directivo que tenga responsabilidad sobre éste.El órgano rector debe reconocer el carácter diversificado de la profesión museística y el amplio abanico de especializaciones que abarca actualmente: conservadores-restauradores, científicos, personal del servicio educativo del museo, personal encargado del registro de las colecciones, especialistas en informática, encargados del servicio de seguridad, cte. Debe procurar que el museo utilice las competencias de estos especialistas cuando sea necesario y que se les reconozca como miembros de pleno derecho del personal profesional en todos los ámbitos.Los miembros de la profesión museística deben recibir una formación universitaria, técnica y profesional adecuada para poder desempeñar su papel, que es importante, en el funcionamiento del museo y la protección del patrimonio y el órgano rector debe reconocer que es necesario contar con un personal bien formado y cualificado y permitirle recibir una capacitación adicional y reciclarse para mantener una capacidad de trabajo satisfactoria y eficaz.Un órgano rector no debe exigir nunca a un miembro del personal del museo que actúe de una manera que pueda ser justamente considerada contraria a las disposiciones del presente Código de Deontología o a cualquier otro código o ley nacional de deontología profesional.El director o cualquier otro cargo superior del museo debe ser directamente responsable ante el órgano rector encargado de la administración de las colecciones y poder consultarlo directamente. - Papel educativo y comunitario de los museos
Por definición, un museo es una institución al servicio de la sociedad y de su desarrollo y generalmente está abierto al público (aunque se trate de un público restringido en el caso de algunos museos muy especializados como los museos universitarios o médicos).El museo debe aprovechar todas las ocasiones de desempeñar su papel de fuente de educación utilizada por todas las clases sociales o por el grupo especializado al que está destinado. Cuando el programa y las responsabilidades del museo lo exijan, podrá requerirse para este fin un personal cualificado que posea una formación específica y competencias en el ámbito de la educación relativa al museo.El museo tiene el importante deber de atraer a un público nuevo y más amplio, procedente de todos los niveles de la comunidad, la localidad o el grupo al que está dirigido, y debe permitir tanto a la comunidad en general como a las personas y los grupos específicos que forman parte de ella colaborar activamente en sus actividades y apoyar sus objetivos y su política. - Acceso del públic
El público en general (o el grupo especializado, en el caso de un museo de función pública limitada) debe tener acceso a las exposiciones durante un número razonable de horas y de periodos regulares. El museo debe igualmente permitir al público un cierto número de entrevistas con el personal, mediante cita o de cualquier otro modo, el libre acceso a las informaciones sobre las colecciones, a reserva de las restricciones necesarias por razones de carácter confidencial o de seguridad, como se indica a continuación en el párrafo 7.3. - Presentaciones, exposiciones y actividades especiales
Aunque su deber principal sea conservar intactas para el futuro las piezas significativas que forman sus colecciones, el museo también tiene la responsabilidad de utilizarlas para crear y difundir nuevos conocimientos mediante la investigación, el trabajo educativo, las exposiciones temporales y permanentes y otras actividades especiales. Estas actividades deben estar de acuerdo con la política y los objetivos educativos definidos por el museo y no deben comprometer ni la calidad ni el cuidado prestado a la conservación de las colecciones. El museo debe procurar que las informaciones que se ofrecen en las presentaciones y exposiciones sean veraces y objetivas y no perpetúen mitos ni estereotipos. - Apoyo comercial y mecenazgo
Cuando el museo tenga una política de búsqueda y aceptación de apoyo financiero o de otro tipo, de organizaciones comerciales o industriales o de otras fuentes exteriores, será preciso definir claramente el tipo de relaciones que se ha establecido entre el museo y la organización patrocinadora. El apoyo comercial y el mecenazgo pueden crear problemas éticos y el museo debe cerciorarse de que estas relaciones no comprometen sus normas y objetivos. - Tiendas de museo y actividades comerciales
Las tiendas y otras actividades comerciales del museo, así como la publicidad relativa a las mismas, deberán estar de acuerdo con una política claramente definida, referirse a las colecciones y al objetivo educativo principal del museo y no comprometer la calidad de las colecciones. En el caso de la fabricación y venta de réplicas, reproducciones y otros artículos comerciales realizados a partir de un objeto perteneciente a las colecciones del museo, cualquier aspecto de la comercialización debe respetar la integridad del museo y el valor intrínseco del objeto original. Es preciso recordar continuamente la verdadera identidad de estos objetos y garantizar la fidelidad y buena calidad de su fabricación. Todos los artículos puestos en venta deben tener un precio justo y ajustarse a todas las legislaciones nacionales vigentes. - Obligaciones legales
Cada órgano rector tiene el deber de asegurarse de que el museo cumple todas sus obligaciones legales, ya se trate de leyes nacionales, regionales o locales, de leyes internacionales o de tratados, de compromisos legales protegidos o cualquier otra condición relativa a todos los aspectos de las colecciones o instalaciones del museo.
- Normas mínimas para los museos
- Adquisiciones para las colecciones de museo
- Política de acopio
Toda institución museística debe adoptar y publicar una definición de su política de acopio. Esta política debe revisarse de vez en cuando y al menos una vez cada cinco años. Las piezas adquiridas deben estar relacionadas con los objetivos y las actividades del museo y llevar consigo una prueba de su existencia legal. Cualquier otra condición o cláusula restrictiva referente a una adquisición debe definirse claramente en la escritura de cesión de propiedad o en cualquier otro documento escrito. Los museos no deben, salvo en circunstancias excepcionales, adquirir objetos si tienen pocas posibilidades de catalogarlos, conservarlos, almacenarlos o exponerlos de forma conveniente. Las adquisiciones que no entren en el marco de la política definida por el museo sólo podrán realizarse en circunstancias muy excepcionales y únicamente después de que el órgano rector haya procedido a un examen, teniendo en cuenta el interés de dichas piezas, el del patrimonio cultural nacional o de otro tipo y los intereses específicos de otros museos. - Adquisiciones de objetos en situación ilícita
El comercio ilícito de los objetos destinados a las colecciones públicas o privadas fomenta la destrucción de sitios históricos, culturas étnicas locales, el robo a nivel nacional e internacional, pone en peligro determinadas especies de flora y fauna y es totalmente incompatible con la esencia del patrimonio nacional e internacional. Los museos deben ser conscientes de la relación que existe entre el mercado y el robo inicial y, con frecuencia, destructor de un objeto destinado al comercio y reconocer que apoyar dicho tráfico, directa o indirectamente, es contrario a la deontología.Un museo no debe adquirir ningún objeto por compra, donación, legado o intercambio sin que el órgano rector o el director estén seguros de que el museo puede obtener un título de propiedad en regla para ese ejemplar o pieza. En particular, deben asegurarse de que dicho objeto no ha sido adquirido o expoliado de su país de origen o de un país en tránsito en el que ha podido ser poseído legalmente (incluido el país en que se encuentra el museo) violando las leyes de ese país.Por lo que se refiere a los ejemplares biológicos o geológicos, un museo no debe adquirir, directa o indirectamente, ningún ejemplar que haya sido recogido, vendido o transferido en el país en que se encuentra el museo o en cualquier otro país de una manera contraria a las leyes o los tratados nacionales e internacionales relativos a la protección de la naturaleza o a la preservación de la historia natural, sin el acuerdo formal de una autoridad jurídica o gubernamental exterior adecuada.En cuanto al material de excavaciones, además de las precauciones indicadas, el museo no debe comprar nunca piezas si el órgano rector o el director tienen razones para pensar que su descubrimiento ha podido causar un daño o destrucción reciente, intencionada y no científica a monumentos antiguos o sitios arqueológicos, o que no se ha comunicado el descubrimiento de los objetos a los propietarios u ocupantes del terreno o a las autoridades jurídicas gubernamentales competentes.Llegado el caso y si ello es posible, las precauciones enumeradas en los cuatro párrafos anteriores deberán tomarse en cuenta para determinar si es o no necesario aceptar préstamos para exposiciones o con otros fines. - Estudio y acopio de objetos sobre el terreno
Los museos deben desempeñar un papel preponderante en los esfuerzos realizados para detener la continua degradación de los recursos naturales, arqueológicos, etnográficos, históricos y artísticos del mundo. Cada museo debe formular una política que le permita llevar a cabo sus actividades en el marco de las leyes y los acuerdos nacionales e internacionales adecuados, asegurándose de que su enfoque está de acuerdo con los principios y objetivos de los esfuerzos nacionales e internacionales de protección y valorización del patrimonio cultural.Las exploraciones, las excavaciones y el acopio de materiales realizados sobre el terreno por los profesionales de museo plantean problemas deontológicos complejos y graves. Los programas de estudio o acopio de objetos sobre el terreno deberán estar precedidos por una investigación, comunicación y consulta con las autoridades competentes y con todos los museos o instituciones universitarias interesadas del país o la región afectada por el estudio, con miras a asegurarse de que la actividad prevista es legal y justificada desde el punto de vista académico y científico. Los programas sobre el terreno deberán ejecutarse de manera que todos los participantes actúen legalmente y de manera responsable al obtener ejemplares y datos y desalienten por todos los medios las prácticas contrarias a la deontología, ilegales y destructivas. - Cooperación entre los museos para una política de acrecentamiento de fondos
Todos los museos deben reconocer que es necesario cooperar con los museos cuyos intereses y políticas de acopio sean similares o coincidentes y deberán procurar consultar a estas instituciones, por una parte, en el caso de adquisiciones específicas que puedan crear conflictos de intereses y, por otra parte, para definir los campos de especialización. Los museos deben respetar los límites de los campos de acopio reconocidos a otros museos y evitar adquirir piezas relacionadas con el lugar o que tengan un interés local especial y pertenezcan al ámbito de otro museo sin advertirle debidamente de esta intención. - Adquisiciones condicionales y otros factores especiales
Las donaciones, los legados y los préstamos sólo pueden aceptarse si están de acuerdo con la política de acrecentamiento de fondos y de exposición establecida por el museo. Deben rechazarse las ofertas sometidas a determinadas condiciones si éstas son contrarias a los intereses a largo plazo del museo y su público. - Préstamos a museos
Los préstamos individuales a museos y el montaje de exposiciones concedidas en préstamo pueden desempeñar un papel importante en la promoción del interés y la calidad del museo y sus servicios. Sin embargo, los principios deontológicos enunciados anteriormente en los párrafos 3.1 a 3.5 deberán aplicarse al examen de los préstamos de piezas o de exposiciones propuestos, así como a la aceptación y al rechazo de las piezas ofrecidas para las colecciones permanentes. Solo podrán aceptarse préstamos y montarse exposiciones que tengan un objetivo educativo, científico o académico válido. - Conflictos de intereses
La política de acrecentamiento de fondos o reglamento del museo deben incluir disposiciones encaminadas a garantizar que ninguna persona que participe en la política o la administración del museo, por ejemplo, un miembro del consejo de administración, del órgano rector o del personal del museo, pueda competir con él para adquirir objetos o pueda sacar provecho de las informaciones privilegiadas que reciba debido a su puesto y que, en caso de conflicto de intereses entre esta persona y el museo, prevalezcan los intereses de éste último. Asimismo, es preciso estudiar minuciosamente cualquier oferta de piezas, ya sea en forma de venta o de donación para la desgravación fiscal, propuesta por los miembros del órgano rector, del personal, de personas de su familia o asociados.
- Política de acopio
- Cesión de colecciones
- Presunción general de la permanencia de las colecciones
Por definición, una de las funciones principales de casi todos los tipos de museos es adquirir objetos y conservarlos para la posteridad. Por consiguiente, debe existir siempre una firme presunción contra la cesión de ejemplares pertenecientes al museo. Cualquier forma de cesión, ya sea por donación, canje, venta o destrucción, exige una apreciación profesional de alto nivel por parte de los conservadores y el órgano rector no deba aprobarla sin la opinión detallada de expertos y juristas.Podrán alegarse razones particulares en el caso de ciertas instituciones especiales como los museos vivientes, los ecomuseos, ciertos museos especializados en la enseñanza y otros museos educativos, así como los museos y otras instituciones que presenten ejemplares vivos, por ejemplo, los jardines botánicos y zoológicos y los acuarios, que pueden estimar que es necesario considerar como «fungibles» una parte de sus colecciones (es decir, sustituibles y renovables). Sin embargo, incluso en este caso, es evidente que la deontología exige que se garantice que las actividades de la institución no son perjudiciales para la supervivencia a largo plazo de los ejemplares estudiados, expuestos o utilizados. - Cesión legal u otras posibilidades
Las leyes relativas a la protección y permanencia de las colecciones del museo y al derecho de éstos a disponer de las piezas de sus colecciones varían mucho según los países y a menudo según los museos dentro de un mismo país. En algunos casos no se permite ninguna cesión, excepto en el caso de objetos gravemente dañados debido a un deterioro natural o accidental. En otros, la ley general no opone ninguna restricción explícita a las cesiones.Cuando un museo tiene un derecho jurídico de cesión o ha adquirido objetos bajo la condición de cesión, deberán respetarse plenamente las exigencias y procedimientos legales o de otro tipo. Incluso cuando el museo tiene el derecho de cesión, puede no ser totalmente libre para disponer de los objetos que adquiere: por ejemplo, cuando se ha conseguido ayuda financiera de una fuente exterior (subvenciones públicas o privadas, donaciones de una organización de Amigos de los Museos, de un mecenas privado), cualquier cesión exige normalmente el acuerdo de todas las partes participantes en la compra inicial.Cuando la adquisición inicial ha estado sometida a restricciones obligatorias, éstas deben respetarse, a no ser que se demuestre claramente que es imposible o muy perjudicial para la institución. Incluso en este caso, el museo sólo podrá liberarse de estas restricciones mediante un procedimiento legal adecuado. - Política y procedimientos de cesión
Cuando un museo tiene el poder jurídico necesario para desprenderse de un objeto, la decisión de vender o de desprenderse de un elemento de sus colecciones sólo debe adoptarse tras una seria reflexión y el objeto debe ser primero propuesto en canje, donación o venta privada a otros museos antes de venderlo en subasta pública o por otros medios. La decisión de desprenderse de un ejemplar o de una obra de arte, ya sea por canje, venta o destrucción (en el caso de objetos demasiado dañados o deteriorados para poder restaurarlos) debe ser adoptada por el órgano rector y no por el conservador de la colección a la que pertenece. Deben conservarse informes detallados sobre todas estas decisiones y sobre dichos objetos y deben tomarse las medidas apropiadas para la preservación y/o transmisión de la documentación relativa a dicho objeto, incluidos los expedientes fotográficos, cuando sea posible.
Nunca podrá permitirse a los miembros del personal, del órgano rector, de sus familias o asociados comprar objetos procedentes de la cesión de una colección. Asimismo, no se autorizará nunca a estas personas a apropiarse, por cualquier medio, de piezas que procedan de las colecciones de un museo, incluso temporalmente, para cualquier colección o uso personal. - Devolución y restitución de bienes culturales
Si un museo posee un objeto que puede haber sido exportado o transferido violando los principios de la Convención de la UNESCO sobre Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales (1970) y el país de origen solicita la devolución y demuestra que el objeto forma parte de su patrimonio cultural, el museo debe, si es legalmente posible, comprometerse a adoptar las medidas necesarias para cooperar en la devolución del objeto a su país de origen.En el caso de demandas de devolución de bienes culturales a su país de origen, los museos deben estar dispuestos a iniciar el diálogo con una mentalidad abierta, basándose en principios científicos y profesionales (en lugar de actuar a nivel gubernamental o político). Es preciso examinar las posibilidades existentes de establecer planes bilaterales o multilaterales de cooperación para ayudar a los museos de los países que han perdido una parte importante de su patrimonio cultural a desarrollar los museos y los recursos museísticos apropiados. Los museos también deben respetar plenamente todos los términos de la Convención sobre la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado (Convención de La Haya, 1954) y en apoyo de esta Convención deben abstenerse, en particular, de comprar, adquirir o apropiarse por cualquier medio de los bienes culturales procedentes de un país ocupado, pues en la mayoría de los casos estos bienes han sido exportados ilegalmente o transportados ilícitamente. - Ingresos derivados de la cesión de colecciones
Los ingresos que percibe el órgano rector de un museo por la cesión de ejemplares u obras de arte sólo pueden utilizarse para desarrollar las colecciones del museo.
- Presunción general de la permanencia de las colecciones
CONDUCTA PROFESIONAL
- Principios generales
- Obligaciones deontológicas de los miembros de la profesión museística
Los trabajadores de un museo, ya sea público o privado, tienen un deber público que implica grandes responsabilidades. En todas sus actividades los empleados de museo deben actuar con integridad, según los principios deontológicos más estrictos y con el mayor grado de objetividad.Un elemento esencial de la pertenencia a la profesión es que ésta implica a la vez derechos y deberes. Aunque la conducta de un profesional, en todos los campos, suele estar regulada por las reglas básicas de la conducta moral que rige las relaciones humanas, cualquier puesto requiere normas, así como responsabilidades, posibilidades y deberes concretos que a veces pueden exigir la elaboración de directrices. El profesional de museo debe comprender dos de estos principios: en primer lugar, que los museos representan una responsabilidad pública cuyo valor para la comunidad está en proporción directa con la calidad de los servicios prestados; en segundo lugar, que las capacidades intelectuales y los conocimientos profesionales no son suficientes por sí mismos y deben inspirarse en una conducta deontológica de alto nivel.El director y los demás miembros profesionales del personal deben ante todo fidelidad a su museo en el plano profesional y académico y deben actuar en todo momento de acuerdo con la política aprobada por éste. El director u otro encargado principal del museo debe reconocer y recordar al órgano rector, cuando sea necesario, los principios del Código de Deontología Profesional del ICOM y de cualquier código o declaración de principios nacional o regional referente a la ética museística e insistir para que lo respete. Asimismo, los miembros de la profesión deben respetar plenamente el Código del ICOM y cualquier otro código o declaración sobre la ética museística cada vez que reciban una delegación de poderes del órgano rector y ejerzan sus funciones. - Conducta personal
La lealtad hacia los compañeros y hacia el museo en que se trabaja constituye una importan- te responsabilidad profesional, pero la lealtad suprema es la relativa a los principios deontológicos fundamentales y a la profesión en su conjunto. Los candidatos a cualquier puesto profesional deben revelar francamente y con confianza todas las informaciones que puedan ser útiles para el estudio de su candidatura y, si son contratados, deben reconocer que el trabajo en un museo suele considerarse una vocación de dedicación exclusiva. Aunque las condiciones de empleo no prohíban un trabajo en el exterior o intereses en negocios, el director y los principales responsables no deben tener otros empleos remunerados ni aceptar comisiones exteriores sin el acuerdo formal del órgano rector. Antes de presentar su dimisión, los miembros del personal profesional y especialmente el director deben examinar minuciosamente las necesidades del museo en ese momento. El profesional que haya aceptado recientemente otro puesto deberá analizar seriamente sus obligaciones profesionales en el puesto que ocupa antes de buscar otro en otro lugar. - Intereses privados
Mientras que todos los miembros de cualquier profesión tienen derecho a una cierta independencia personal compatible con sus responsabilidades en el seno de la profesión y del personal, a los ojos del público ningún negocio privado o interés profesional de un miembro de la profesión museística puede separarse completamente del de la institución u otra afiliación oficial de este profesional, a pesar de los desmentidos que puedan facilitarse. Cualquier actividad realizada por una persona en relación con los museos puede tener repercusiones sobre la institución o serle atribuida. Por tanto, el profesional de museo debe preocuparse no sólo de sus verdaderos intereses y motivaciones personales, sino también de la manera en que éstos pueden ser interpretados por un observador exterior. Por consiguiente, los empleados de los museos y otras personas allegadas no deben aceptar regalos, favores, préstamos u otros servicios u objetos de valor que pudieran ser ofrecidos debido a su función en el museo (véase también el apartado 8.4).
- Obligaciones deontológicas de los miembros de la profesión museística
- Responsabilidades personales respecto de las colecciones
- Adquisiciones de colecciones de museo
El director y el personal profesional deberán adoptar todas las medidas posibles para cerciorarse de que el órgano rector del museo establece una política de acrecentamiento de fondos definida por escrito y de que ésta se examina y revisa posteriormente con regularidad. Esta política, adoptada y revisada oficialmente por el órgano rector, debe servir de base a todas las decisiones y recomendaciones profesionales referentes a las adquisiciones. - Custodia de las colecciones
La adquisición de objetos procedentes del público en general debe negociarse con una escrupulosa honradez para con el vendedor o donante. No deberá identificarse ni efectuarse el peritaje de ningún objeto deliberadamente con un propósito engañoso, en beneficio del museo y en detrimento del donante, propietario o propietarios anteriores, con el fin de adquirirlo para las colecciones del museo. Tampoco deberá aceptarse o retenerse en préstamo ningún objeto con la intención deliberada de apropiárselo sin razón para las colecciones.En hecho de asegurarse de que todos los objetos aceptados de forma temporal o permanente por el museo poseen una documentación adecuada y detallada para facilitar su procedencia, identificación, estado y tratamiento constituye una responsabilidad profesional importante. Todas las piezas aceptadas por el museo deberán ser conservadas, protegidas y mantenidas de manera apropiada.Es necesario estudiar minuciosamente los medios de garantizar la mejor seguridad posible, es decir, la protección contra el robo en las salas de exposiciones, de trabajo o de reserva y contra los daños o robos durante el transporte. Cuando, de acuerdo con la política nacional o local, se utilicen los servicios de compañías de seguros comerciales, el personal deberá asegurarse de que la cobertura de riesgos propuesta es la adecuada, especialmente en lo relativo a los objetos en depósito temporal, a las piezas prestadas o a otros objetos que sin pertenecer al museo se encuentren bajo su custodia durante un periodo determinado.Los miembros de la profesión museística no deben delegar responsabilidades importantes en lo tocante a la custodia de las colecciones, la conservación y otras responsabilidades profesionales, a las personas que no tienen los conocimientos ni competencias adecuados o que carecen de la supervisión apropiada (personas en prácticas o voluntarios autorizados) cuando estas personas estén autorizadas para ayudar en el cuidado de las colecciones. Asimismo, es absolutamente necesario consultar a colegas de la profesión, en el museo o fuera de él, si en un momento determinado el nivel de experiencia profesional existente en el museo o en un departamento determinado es insuficiente para garantizar la conservación correcta de las piezas de las colecciones que se encuentran bajo su custodia. - Conservación y restauración de las colecciones
Una de las obligaciones deontológicas esenciales de los miembros de la profesión museística es garantizar un cuidado y una conservación satisfactorios de las colecciones existentes, de las recientemente adquiridas y de las piezas individuales de las que son responsables los miembros de la profesión y las instituciones contratantes, y asegurarse en la medida de lo posible de que las colecciones se transmiten a las generaciones futuras en el mejor estado de conservación posible, teniendo en cuenta los conocimientos y recursos actuales.Para lograr este ideal, es necesario prestar especial atención al caudal creciente de conocimientos en materia de métodos y técnicas de conservación preventiva, que comprenden medidas de protección del medio ambiente apropiadas contra la causas conocidas de deterioro naturales o artificiales de los ejemplares y obras de arte de los museos.A menudo hay que adoptar decisiones difíciles respecto del grado de sustitución o restauración de las partes perdidas o dañadas de un ejemplar u obra de arte que podrían ser aceptables desde un punto de vista deontológico en determinadas circunstancias. Estas decisiones exigen una estrecha cooperación entre todos los responsables del objeto, especialmente el conservador y el restaurador, y no deben adoptarse unilateralmente.Los problemas deontológicos que plantean los trabajos de conservación y restauración de cualquier tipo constituyen por sí mismos un estudio importante y también es esencial que las personas que tengan una responsabilidad especial en este campo, ya se trate del director, el conservador o el restaurador, se cercioren de que conocen bien estos problemas deontológicos y los criterios profesionales adecuados que figuran en las declaraciones y códigos deontológicos elaborados por los organismos profesionales de conservadores restauradores. - Documentación de las colecciones
El registro correcto y la documentación adecuada de las nuevas adquisiciones y de las colecciones existentes, de acuerdo con las normas apropiadas y los reglamentos y convenios internos del museo, constituye una gran responsabilidad profesional. Es especialmente importante que en esta documentación consten todos los detalles sobre la procedencia de cada objeto y las condiciones de su aceptación por parte del museo. Además, los originales de estos datos deben conservarse en lugar seguro y contar con sistemas apropiados que permitan al personal y a otros usuarios habilitados encontrarlos fácilmente. - Cesión y enajenación de las colecciones
Las piezas de los museos sólo podrán enajenarse de conformidad con los principios deontológicos expuestos en el presente Código, en la sección de Deontología de las instituciones, apartados 4.1 a 4.4, y en los reglamentos y procedimientos vigentes en cada museo. - Bienestar de los animales vivos
Cuando los museos e instituciones similares mantengan un conjunto de animales con fines de exposición e investigación, la salud y el bienestar de éstos deberá ser la principal consideración deontológica. Es fundamental que un veterinario pueda dar su opinión y examinar a los animales y sus condiciones de vida con regularidad. El museo debe preparar un código de seguridad para la protección del personal y de los visitantes; este código debe ser aprobado por un veterinario y acatado rigurosamente por todos los miembros del personal. - Restos humanos y piezas con significado ritual
Cuando un museo posea o reúna colecciones que incluyan restos humanos u objetos sagrados, éstos deberán albergarse en lugar seguro y ser conservados cuidadosamente como colecciones de archivo en instituciones científicas y deberán estar a disposición de los investigadores y educadores pero no por razones de curiosidad morbosa. Las investigaciones sobre dichos objetos, así como su instalación y conservación, deberán realizarse de forma aceptable, no sólo para los colegas de la profesión, sino también para todos aquéllos que profesen una creencia, en particular los miembros de la comunidad o de grupos étnicos o religiosos interesados. Aunque a veces pueda ser necesario utilizar restos humanos u otro material delicado en exposiciones interpretativas, ello deberá realizarse con tacto y respeto hacia los sentimientos de la dignidad humana de todos los pueblos. - Colecciones privadas
La adquisición, acopio y posesión de piezas del mismo tipo que las que alberga un museo por parte de un miembro de la profesión museística para una colección personal no parecen contrarias a la deontología y pueden considerarse un medio válido para perfeccionar los conocimientos y criterios profesionales. Sin embargo, ello puede ser sumamente arriesgado cuando los miembros de la profesión reúnen para sus colecciones privadas objetos semejantes a los que ellos mismos acopian para su museo. En particular, ningún miembro de la profesión debe competir con su museo, ya sea para adquirir piezas o para cualquier actividad personal de acopio. Hay que evitar que surjan conflictos de intereses.En determinados países y en numerosos museos, no se permite que los miembros de la profesión museística posean colecciones personales de cualquier tipo y esta regla debe ser respetada. Incluso cuando no existen estas restricciones, un miembro de la profesión museística que posee una colección privada debe poder presentar, si se le solicita, una descripción de ésta al órgano rector y un informe sobre la política de acopio que ha adoptado. Deberá respetarse escrupulosamente cualquier acuerdo relativo a esta colección concertado entre el conservador y el órgano rector (véase igualmente el apartado 8.4).
- Adquisiciones de colecciones de museo
- Responsabilidades personales en relación con el público
- Respeto de las normas profesionales
En interés del público y de la profesión, los miembros de la profesión museística deben respetar las normas y leyes establecidas, mantener el honor y la dignidad de su profesión y aceptar la disciplina que ésta les impone. Deben hacer lo posible por proteger al público contra una conducta profesional ilegal o contraria a la deontología y han de utilizar los medios adecuados para informarle y educarle respecto de los objetivos, metas y aspiraciones de la profesión, con miras a hacerle entender mejor los objetivos y responsabilidades de los museos y la profesión en general. - Relaciones con el público en general
Los miembros de la profesión museística deben mostrarse en todo momento eficientes y corteses con el público y, en particular, responder rápidamente a cualquier correo o solicitud de información. Excepto en algunos casos especialmente confidenciales, deberán compartir sus competencias en todos los campos profesionales, siempre que se cite el origen de la información, para responder a las solicitudes de información del público y de los investigadores especializados, permitiendo a los investigadores de buena fe, con el control necesario, el libre acceso a cualquier material y documentación que esté en su posesión, aunque sea el tema de una investigación personal o de un campo de interés específico. - Carácter confidencial
Los miembros de la profesión museística deben proteger todas las informaciones confidenciales relativas al origen de los objetos propiedad del museo o que le han sido prestados y cualquier otra referente a los dispositivos de seguridad del museo, de las colecciones privadas o de cualquier lugar visitado durante funciones oficiales. Este carácter confidencial deberá respetarse igualmente cuando se lleve un objeto al museo para su identificación. Las informaciones sobre este objeto no deben comunicarse a otro museo, negociante o cualquier persona (salvo en el caso de la obligación legal de informar a la policía o a otros organismos competentes para la investigación de bienes que hayan podido ser robados, adquiridos o transferidos de manera ilícita) sin el acuerdo formal del propietario.Es fundamental respetar las confidencias personales contenidas en la historia oral u otros documentos personales. Los investigadores que utilicen aparatos de grabación, como cámaras fotográficas y magnetófonos, o la técnica de las entrevistas orales deberán procurar proteger sus informaciones y las personas interrogadas, fotografiadas o entrevistadas deberán tener derecho a conservar su anonimato si lo desean. Este derecho deberá respetarse cuando se haya estipulado específicamente. Cuando no se pruebe claramente lo contrario, el primer deber del investigador será evitar que se revelen informaciones que puedan perjudicar al informador o a su comunidad. Los sujetos estudiados deberán comprender las posibilidades que ofrecen las cámaras fotográficas, los magnetófonos y otros aparatos utilizados y tener libertad para aceptar o rechazar su utilización.
- Respeto de las normas profesionales
- Responsabilidades personales con respecto a los colegas y la profesión
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- Relaciones profesionales
Las relaciones entre los miembros de la profesión museística siempre deben ser corteses, tanto en público como en privado. Las discrepancias no deben expresarse de manera personal. Aparte de esta regla general, los miembros de la profesión pueden oponerse justamente a las proposiciones o prácticas que puedan ser perjudiciales para el museo, los museos en general o la profesión. - Cooperación profesional
Los miembros de la profesión museística deben compartir sus conocimientos y su experiencia profesional, siempre que se cite el origen de la información, con sus colegas y los investigadores y estudiantes en las materias que les competen. Deben mostrar su agradecimiento y respeto a los que les han transmitido su saber y presentar sin ánimo de lucro los progresos técnicos y la experiencia que puedan ser útiles a otras personas.La formación del personal en las actividades especializadas que implica el trabajo del museo es extremadamente importante para el desarrollo de la profesión. Los profesionales deben aceptar la responsabilidad de formar a colegas cuando sea necesario. Los miembros de la profesión que, debido a sus funciones, tengan bajo sus órdenes a jóvenes empleados, personas en prácticas, estudiantes y ayudantes que emprendan, oficialmente o no, una formación profesional deberán hacerles partícipes de su experiencia y saber y tratarlos con la consideración y el respeto debidos a los miembros de la profesión.En el marco de sus funciones, los miembros de la profesión establecen relaciones de trabajo con un gran número de personas, profesionales o no, tanto en el museo como fuera de él. Deben mostrarse corteses y leales en sus relaciones y ser capaces de prestar unos servicios profesionales eficaces y de alto nivel. - Comercio
Ningún miembro de la profesión museística deberá participar en el comercio (compra o venta con ánimo de lucro) de objetos semejantes o parecidos a los del museo en que trabaja. En el caso de los empleados de museo, cualquiera que sea su nivel de responsabilidad, también puede ocasionar problemas graves cualquier forma de comercio de objetos coleccionados por otro museo, aunque no existan riesgos de conflicto directo con el museo en que trabajan y ello sólo puede permitirse después de avisar al órgano rector o al director del museo y si éste, tras haber examinado el caso, concede expresamente su autorización con o sin condiciones.El artículo 7.5 de los Estatutos del ICOM estipula que «En ningún caso podrán ser miembros del ICOM las personas o instituciones que comercien (compren o vendan con ánimo de lucro) con bienes culturales». - Otros conflictos posibles
En general, los miembros de la profesión museística deben abstenerse de cualquier acto o actividad que pueda interpretarse como un conflicto de intereses. Dados sus conocimientos, experiencia y relaciones, los profesionales suelen estar obligados a prestar servicios a título personal, como consejos, consultas, cursos, artículos, entrevistas o peritajes. Aunque las leyes nacionales y las condiciones personales lo permitan, algunas de estas actividades pueden parecer, a juicio de los colegas, empleadores o el público en general, fuentes de conflictos de intereses. En estas situaciones es absolutamente necesario ajustarse escrupulosamente a lo que estipulen las leyes y el contrato de trabajo y, en caso de conflicto potencial, incluso eventual, hay que informar inmediatamente al superior jerárquico adecuado o al órgano rector del museo y deben adoptarse medidas para eliminar este conflicto de intereses.Aunque las condiciones de empleo autoricen una actividad exterior y no parezca que existen riesgos de conflicto de intereses, hay que procurar que estos intereses exteriores no impidan en ningún caso el cumplimiento satisfactorio de los deberes y responsabilidades oficiales. - Autentificación, valoración y material ilícito
Los miembros de la profesión museística están invitados a compartir sus conocimientos y experiencia profesional con sus colegas y con el público en general (véase apartado 7.2).Sin embargo, sólo deben expedirse certificados de autenticidad o valoraciones escritas y darse una opinión sobre el valor económico de objetos previa solicitud oficial de otro museo o de las autoridades jurídicas, gubernamentales u otra autoridad responsable pública competentes.Los miembros de la profesión museística no deben identificar ni autentificar objetos si tienen motivos para creer o sospechar que han sido adquiridos, transferidos, importados o exportados de manera ilícita.Deben reconocer que es claramente contrario a la deontología que los museos o la profesión museística favorezcan directa o indirectamente el comercio ilícito de bienes culturales o naturales (véase apartado 3.2) y en ningún caso deben actuar de una manera que pueda considerarse favorable al comercio ilícito, de cualquier modo, directa o indirectamente. Cuando existan motivos para creer o sospechar una transferencia, importación o exportación ilícita, deberá informarse a las autoridades competentes. - Conducta contraria a la deontología
Cualquier miembro de la profesión museística debe estar al corriente de las leyes nacionales y locales, así como de las condiciones de empleo relativas a las prácticas de corrupción y debe evitar continuamente las situaciones que puedan ser interpretadas, con razón o sin ella, como intentos de corrupción o como una conducta reprochable de cualquier índole. En particular, ningún empleado de museo deberá aceptar el menor regalo, liberalidad o forma de recompensa de un negociante, subastador o cualquier otra persona que pueda considerarse un medio de persuasión incorrecto relativo a la compra o cesión de piezas de museo.Por otra parte, a fin de evitar cualquier sospecha de corrupción, un profesional de museo en ningún caso deberá recomendar a un negociante, subastador u otra persona a un miembro del público, ni aceptar el mínimo «precio especial» o descuento en sus compras personales por parte de un comerciante con el que el profesional o su museo mantiene relaciones profesionales.
- Relaciones profesionales
Notas (Puedes hacer clic en los números de las notas [X] para desplazarte entre la nota y su llamada)
[1] ALONSO FERNÁNDEZ, Luis. Museos y museologia: dinamizadores de la cultura de nuestro tiempo. Madrid, Universidad Complutense de Madrid, 1988.
[2] JIMÉNEZ VILLALBA, Félix. “Esquema para debatir la organización de los museos”, Museo, núm. 3, p. 20. Madrid, APME, 1998.
[3] CERRO GONZÁLEZ, Manuel. “Cómo disponer del personal idóneo: condicionamientos legales”, Museo, núm. 3, pp. 25-.33. Madrid, APME, 1998.
[4] “Conclusiones de los grupos de trabajo”, pp. 46-47 de Museo. Revista de la Asociación Profesional de Museólogos de España. Núm..3, Madrid, 1996.
[5] LEÓN, Aurora. El museo: teoría, praxis y utopía. Madrid, Cátedra, 1990, p. 297-304.
[6] El estudio de planificación de un museo estadounidense –realizado por Lord Cultural Resources Planning and Management LTD- le exige, además de la titulación universitaria afín a la temática del museo, amplia experiencia y capacidad probada en gestión y administración en el sector cultural; conocimiento demostrado de la explotación financiera y capacidad para la gestión fiscal; además de conocimiento de los aspectos legales relacionados con el funcionamiento del museo y de la legislación referente a museos en general. Véase LORD, B.-DEXTER LORD, G. Manual de gestión de museos, cit. p. 208.
[7] RIVIÈRE, Georges Henri. La museología. Curso de museología/textos y testimonios. Madrid, Akal, 1993, p. 435
[8] PATTYN, C. La institución museal. Estatutos y organización, en RIVIÈRE, G.H. La museología. Madrid, Akal, 1993. Pp. 435-437.
[9] LEÓN, Aurora. El museo…, op. cit., p. 299.
[10] CARRETERO, Andrés. “La museología, ¿una práctica o una disciplina científica?, Museo, núm. 1, Madrid, APME, 1996, pp. 27-42.
[11] La necesidad de crear en los museos este Departamento se sintió a fines de la década 1980. Inicialmente su denominación fue la de Departamento de Difusión y Acción Cultural, pero el COM prefirió darle el nombre de Departamento de Educación y Acción Cultural (DEAC). Véase SAGÜÉS I BAIXERAS, Ramón. “Los Departamentos de “Difusión Cultural” de los Museos”, en IV Jornadas de Departamentos de Educación y Acción Cultural. Madrid, Ministerio de Cultura, 1988, pp. 3-10.
[12] EDSON, G. Museum Ethics. London, Rotledge, 1997, p. 6.
[13] SCHMIDT, F. “Codes of museums ethics and the financial pressures on museums”, Museum management and curatorship, núm. II, 1992, pp. 257-268; y BESTERMAN, T. “Disposals from Museum collections. Ethics and practicalities”, Museum manegement and curatorship, II, 1992, pp. 29-44, cits. por ROMERO DE TEJADA PICATOSTE, Pilar. “La conducta ética entre los profesionales de museos, según algunos códigos internacionales recientes”, Museo, núm. 3, Madrid, APME, 1998, pp. 67.
[14] HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, Francisca. Manual de Museología. Madrid, Síntesis, 1994. Cap. 4, pp. 86-103.
[15] IGUACÉN BORAU, D. El patrimonio cultural de la Iglesia. Madrid, Ed. BAC, 1982; y SANZ PASTOR Y FERNÁNDEZ DE PIÉROLA, Consuelo. Museos y colecciones de España. Madrid, Ministerio de Cultura, 1990.
[16] Su interpretación jurídica en GARCÍA ESCUDERO, P.-PENDÁS GARCÍA, B. El nuevo régimen jurídico del Patrimonio Histórico Español. Madrid, Ministerio de Cultura, 1986; y ÁLVAREZ, ÁLVAREZ, J.L. Estudios sobre el Patrimonio Histórico Español. Madrid, Civitas, 1989.
[17] ROMERO GARRE, T. “Breve aproximación a los Museos y colecciones Eclesiásticas”, Boletín Anabad, vol. XXXVIII, núm. 3, pp. 47-62, Madrid, 1988.
[18] LORD, Barry-DEXTER LORD, Gail. Manual de gestión de museos. Madrid, Ariel, 1998, p. 15.
[19] SUKEL, William M. Los museos como organizaciones, en MOORE, Kevin (comp.). La gestión del museo. Gijón, Ediciones Trea, 1998. P. 391.
[20] Según E. WEIL y Earl F. CHEIT, cits. por ALONSO FERNÁNDEZ. Museología: introducción... p. 323.
[21] Petit distingue mecenazgo y patrocinio por su finalidad. El primero se caracteriza por la ayuda aportada por una persona o entidad a la cultura y el arte de forma altruista, mientras que el segundo lo hace con la intención de conseguir un beneficio en términos de imagen corporativa o de marca. Véase PETIT, Gonzague. “Marketing de museos: algunos puntos de vista”, en RICO, Juan Carlos (ed.). Los conocimientos técnicos. Museos. Arquitectura. Arte. Madrid, Sílex, 1999. Cap. 1, p. 65.
[22] PETIT, G. “Marketing…”, cit., pp. 45-46.
[23] WADDELL, Gene. Collecting, Preserving, Exhibiting. A Theory of Museum Work. Easley (South Carolin), Southern Historical Press, 1984, p. 63, cit. por ALONSO FERNÁNDEZ, L. Museología, introducción…, cit., p. 324; y GOODE, G.B. “The principles of museum administration”, en Museums Association. Report of proceedings… Sixth annual general meeting, London, Dulau and Co., 1985, p.79. Cit. por MOORE, K. Introducción…, pp. 11-12.
[24] Para ampliar el conocimiento de las funciones, responsabilidad, composición y forma de actuar de un patronato véanse las pp. 32-39 de LORD, Barry-DEXTER LORD, Gail. Manual de gestión de museos, cit.
[25] GARZÓN, Raquél. Glenn D. Lowry/Director del Museo de Arte Moderno de Nueva Cork (MOMA): “Los museos sólo sobrevivirán si pueden diferenciarse del espectáculo”, El País, Madrid, 14 de febrero de 2004, p. 33.
[26] Pp. 43-46 de LORD, Barry-DEXTER LORD, Gail. Manual de gestión de museos, cit.
[27] CARRETERO PÉREZ, Andrés. “La documentación en los museos: una visión general”, en Museo. Revista de la Asociación Profesional de Museólogos de España. Madrid, 1997. Núm. 2, pp. 17-18
[28] En la Universidad de Navarra la enseñanza de Museología se incorpora al Programa de Doctorado de la Facultad de Filosofía y Letras en el curso 1991-1992, y se repite en los de 1994-1995 y 1998-1999, impartida por el autor de este libro.
[29] Véase Tendencias actuales en la formación de los profesionales de museos, por Patrick Boylan, profesor en Gestión Cultural de la City University de Londres: http://www.city.ac.uk/ictop/boylan-andaluz.html
[30] http://www.ecoledulouvre.fr/index_louvre.html
[31] http://www.univlyon3.fr/philo/accueil.htm ; www.u-bourgougne.fr/Enseignement/dro570.html ; www.univ-mulhouse.fr ; www.univ-tlse2.fr ; www.paris1.fr
También la Universidad de Newcastle ofrece estudios de Museología. Véase http://www.ncl.ac.uk
[33] http://www.nyv.edu/fas/program/museumstudies ; http://www.grad.washington.edu
[34] http://wzar.unizar.es/curso/museo
[35] http://www.upf.edu/idec/masters/mms.htm
[36] http://www.fundacioncarolina.es/candidato/becas/ficha/ficha.asp?Id_Programa=344
[37] http://www.ugr.es/~museolog/
[38] http://www.ceu.es/paginaCeu.asp?idpagina=3739
[41] La Universidad de Barcelona Virtual (a través de la Escuela Virtual de Cultura y Patrimonio) también imparte cursos de duración más breve (36 h.), como los de Museografía didáctica; Museografía audiovisual y multimedia; y Diseño y organización de exposiciones y museos.
[42] http://www.icom.museum/codigo.html
Se ofrece una versión resumida cuyo texto íntegro puede consultarse en la publicación oficial del ICOM Código de Deontología del ICOM para los Museos. París, Consejo Internacional de Museos-ICOM, 2006, 16 pp.
Recordemos que se entiende por deontología. Según la RAE (ed. 1992, tomo I) “es la ciencia o tratado de los deberes” y, por extensión, un código ético de conducta.